Juzgado de Garantía de Linares.

CARABINEROS DE CHILE C/ MATÍAS ALFREDO CONTRERAS ZAMBRANO

Rol

O-2870-2020

Fecha

29 de julio de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: El día 27 de abril del año 2020, aproximadamente a las 23:40 horas, el acusado MATÍAS ALFREDO CONTRERAS ZAMBRANO, condujo en calle Carlos Matus esquina calle Madre Solidaria de Linares, en manifiesto estado de ebriedad, el automóvil placa patente ZK-9987, marca “Citroen”, modelo “C4”, con al menos 2,0 gramos por mil de alcohol en la sangre y sin contar con licencia, en horario de Toque de Queda, infringiendo de esa manera las reglas dictadas por la autoridad en estado de emergencia constitucional por pandemia mundial, poniendo en peligro la salud pública. Linares, veintinueve de julio de dos mil veintidós. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 30 del Código Penal, 110, 196, 209 de la Ley 18.290 sobre tránsito, 1, 45, 46, 47, 295, 297, 340, 341, 406, 407, 408, 412, 413 y 468 del Código Procesal Penal, 1 y 8° de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se CONDENA a MATÍAS ALFREDO CONTRERAS ZAMBRANO, ya individualizado, a las penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, multa de ONCE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a beneficio fiscal, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la Código: NXSXXXYFXTT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl condena, como autor del delito de conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad sin contar con licencia de conducir, en grado consumado, hecho ocurrido el día 27 de abril de 2020 en la ciudad de Linares. II.- Se concede para el pago de la multa impuesta DOCE PARCIALIDADES iguales, mensuales y sucesivas, debiendo pagar la primera de ellas dentro de los cinco primeros días del mes siguiente en que quede ejecutoriada esta sentencia. El no pago de una de las parcialidades hará exigible el total de la multa adeudada de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal y en ese caso, si no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por ví

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a MATÍAS ALFREDO CONTRERAS ZAMBRANO, ya individualizado, a las penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, multa de ONCE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a beneficio fiscal, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la Código: NXSXXXYFXTT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl condena, como autor del delito de conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad sin contar con licencia de conducir, en grado consumado, hecho ocurrido el día 27 de abril de 2020 en la ciudad de Linares. II.- Se concede para el pago de la multa impuesta DOCE PARCIALIDADES iguales, mensuales y sucesivas, debiendo pagar la primera de ellas dentro de los cinco primeros días del mes siguiente en que quede ejecutoriada esta sentencia. El no pago de una de las parcialidades hará exigible el total de la multa adeudada de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal y en ese caso, si no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad siempre y cuando manifieste su voluntad por dicha sustitución dentro del término a más tardar de cinco días contados desde el vencimiento de la cuota que no pague. En caso que no pague la multa, alguna de las parcialidades ni manifieste su voluntad por dicha prestación, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pe

Texto Completo (Preview)

RUC : 2000426770-3. RIT : 2870-2020. DELITO : Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin contar con licencia de conducir. GRADO DESARROLLO: Consumado. IMPUTADO : MATÍAS ALFREDO CONTRERAS ZAMBRANO. RUT N° : 17.171.574-1. DOMICILIO : población Yerbas Buenas, pasaje Maica N° 1478 comuna de Linares. FISCAL : Paulina Salazar Hernández. DEFENSOR : Luis Alberto González Adasme.

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