5º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ ALEXIS ENRIQUE ANGULO AMBIADO

Rol

O-15-2022

Fecha

8 de agosto de 2022

Materia

USO FRAUDULENTO DE TARJETAS O MEDIOS DE PAGO. LEY 20.009

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día veintinueve de julio del presente año, en la sala del Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituido por los magistrados, Fernando Valenzuela González, en su calidad de Presidente de Sala, Christian Carvajal Silva y Bernardo Ramos Pavlov, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RUC 2000503374-9, seguida por el delito de fraude de tarjetas de pago, previsto en el artículo 7 letra a) de la ley 20.009 en contra de los acusados: a) don ALEXIS ENRIQUE ANGULO AMBIADO, chileno, nacido el 24 de marzo de 1982, 40 años de edad, cédula de identidad Nº15.490.889-7, publicista, divorciado, domiciliado en La Galaxia Sur N°0903, barrio Los Castaños, Maipú, Santiago. b) don HUGO RONALD NUÑEZ DUARTE, chileno, nacido el 10 de mayo de 1988, 34 años de edad, cédula de identidad Nº16.907.864-5, operario de bodega, casado, domiciliado en calle Paicavi N°1120, Cerrillos, Santiago. c) don PAOLO ANDRÉS OSORIO ARELLANO, chileno, nacido el 22 de marzo de 1989, 33 años de edad, cédula de identidad Nº17.030.255-9, comerciante establecido, soltero, domiciliado en Avenida Tobalaba N°1082, Puente Alto, Santiago. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunta Tania Mora Gutiérrez, con domicilio y forma notificación ya registrado en el Tribunal. La defensa de los acusados estuvo a cargo del abogado defensor privado, José Pradenas Palma, con domicilio y forma de notificación ya señalado en el Tribunal. SEGUNDO: Forma de desarrollo del presente juicio. El presente juicio oral se realizó por la modalidad de video conferencia vía plataforma zoom, considerando la emergencia sanitaria que rige en el país y conforme a lo dispuesto en el artículo undécimo transitorio de la ley N°21.394, que permite el desarrollo de la audiencia de juicio oral vía remota, a lo cual los intervinientes y los acusados Código: EXVHXXXSVHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 aceptaron expresamente como forma de desarrollo de la audiencia, logrando participar, escuchar a los testigos y visualizar el resto de la prueba mediante plataforma zoom y realizando un paneo del lugar donde prestaron declaración los testigos y peritos, ya sea en sus domicilios o lugares de trabajo, asegurándose que sus declaraciones fueran realizadas de forma individual y sin lectura de documentos, lo que fue corroborado por el Tribunal e intervinientes sin existir objeciones en cuanto a la forma de rendir sus testimonios. Por su parte, los acusados pudieron comunicarse de forma permanente con su abogado defensor durante todo el desarrollo de la audiencia. TERCERO: Acusación fiscal. La acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento la siguiente relación de hechos, según se señala en el auto de apertura: “Que con fecha 18 de mayo del año 2020, en circunstancias que personal de Carabineros, realizaban labores de control sanitario, aproximadamente a las 14:30

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 Nº9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 30, 31, 50, 68 y 69 del Código Penal; 295, 297, 325 y siguientes, 336, 340, 342, 344, 345, 346 y 348 del Código Procesal Penal; 1, 7 letra a) (ex artículo 5 letra a)) de la ley 20.009, se declara: I.- Se ABSUELVE a ALEXIS ENRIQUE ANGULO AMBIADO y a PAOLO ANDRÉS OSORIO ARELLANO, ambos ya individualizados, como autores del delito de falsificación de tarjetas de pago contemplado en el artículo 7 letra a) (ex artículo 5 letra a) de la ley N°20.009 ocurrido el 18 de mayo de 2020 en la comuna de Cerrillos. II. Se CONDENA a HUGO RONALD NÚÑEZ DUARTE, ya individualizado, a la pena de CIENTO VEINTE DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de falsificación de tarjetas de pago contemplado en el artículo 7 letra a) (ex artículo 5 letra a) de la ley N°20.009 ocurrido el 18 de mayo de 2020 en la comuna de Cerrillos. III.- Que, la pena impuesta se le dará por cumplida por el mayor tiempo que permaneció privado o restringido de libertad en la presente causa, a saber 127 Código: EXVHXXXSVHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL QUINTO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SANTIAGO 17 días, desde el 18 de mayo de 2020 al 21 de septiembre de 2020, conforme el certificado de abonos emitido por el jefe s

Texto Completo (Preview)

PODER JUDICIAL QUINTO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SANTIAGO 1 C/ALEXIS ENRIQUE ANGULO AMBIADO, HUGO RONALD NÚÑEZ DUARTE Y PAOLO ANDRÉS OSORIO ARELLANO. DELITO: FRAUDE DE TARJETAS DE PAGO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 7 DE LA LEY 20009.- ROL UNICO: 2000503374-9 RIT Nº: 15-2022 Santiago, ocho de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día veintinueve de julio del prese

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica