Juzgado de Garantía de Arica.

CAROLYN ROMINA VILLALOBOS RIVERA C/ IGNACIO MILENKO PEÑA BLAS

Rol

O-730-2021

Fecha

6 de agosto de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “Con fecha 03 de marzo de 2020, la víctima, Carolyn Villalobos Rivera, concurrió a dependencias de la 1era comisaría de la ciudad de Arica, denunciando el hurto de sus pertenencias y manteniendo como sospechoso a una persona con la cual había estado compartiendo la noche anterior, de la cual no mantenía antecedentes. Con fecha 13 de marzo de 2020, alrededor 13:05 horas, la víctima conducía su vehículo por calle Hamburgo Sur, observando al requerido, IGNACIO PEÑA BLAS, siendo el sospechoso del hurto sufrido por la víctima, por lo que esta lo encaro diciéndole que hiciera entrega de las especies, lo que en un primer momento negó, para luego hacer entrega de dos anillos y dos cadenas de oro, que la víctima reconoció de su propiedad, reteniéndolo junto con una persona que transitaba por el lugar, llamando a carabineros, los que al concurrir al lugar procedieron a la detención del requerido, el que conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito de las especies.” DMBTXXEJSYS Paulina Eliana Lara Valdivia Juez de garantía Fecha: 07/08/2022 12:55:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 bis del Código Penal. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia. Procedimiento Simplificado. Arica, seis de agosto de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra re

Fallo

se declara: I. Que se condena a Ignacio Milenko Peña Blas, cédula de identidad N° 21.012.945-6, ya individualizado, a las penas cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de dos unidades tributarias mensuales y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 bis del Código Penal., sorprendido en Arica el 13 de marzo de 2020. II. Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4º de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Arica por el lapso de un año, y cumplir, además, durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley, para lo cual deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería al más cercano de su domicilio, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta no se cumpliere o se quebrantare, se intensificarán las condiciones decretadas, o se la reemplazará por una de mayor intensidad o en subsidio de lo anterior se le revocará, debiendo cumplir íntegra y efectivamente la DMBTXXEJSYS Paulina Eliana Lara Valdivia

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, seis de agosto de dos mil veintidós Magistrada (S) PAULINA ELIANA LARA VALDIVIA Fiscal MANUEL FELIX GONZALEZ ZAPATA Defensora MARÍA BELÉN LEMA LEMA Tipo de Audiencia Control de la detención Hora inicio 17:27 Hora termino 18:06 Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2000295421-5-992-220806-00-15 - CDET PLV CZM RIT 730 21 Acta czm/nbb RUC 200029

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