MP C/ PATRICIO ALEJANDRO VALENZUELA VALENZUELA
Rol
O-998-2022
Fecha
2 de agosto de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION., ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: El Juzgado de Garantía de San Fernando, dicta sentencia de acuerdo a los trámites del procedimiento abreviado, en el proceso Rol Único de Causas RUC 2100824856-4 y rol Interno del Tribunal N°2878-2021, seguida contra de PATRICIO VALENZUELA VALENZUELA, chileno, ignora profesión u oficio, cédula nacional de identidad N°20.794.015-9, domiciliado en Tunca abajo N°739, San Vicente de Tagua Tagua, ara determinar la responsabilidad que le correspondería, en tres delitos de robo en lugar no habitado previsto y sancionado artículo 442 N°1 del Código Penal en relación articulo 432 del mismo cuerpo legal; y un delito de robo en lugar habitado previsto y sancionado en el artículo 440 n°1 del Código Penal en relación artículo 432 del mismo cuerpo legal ; hechos ocurridos en San Fernando respectivamente los días 31 de Marzo de 2022, 3 de Abril del año 2022, 11 de Abril del año 2022 y 14 de Abril del año 2022. Código: XXRXXXKTRSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. Fono: 722718990 – 722718968 - 722718997 jgsanfernando@pjud.cl En la audiencia pública de procedimiento abreviado estuvieron ininterrumpidamente presentes: la juez que suscribe, el imputado ya individualizado PATRICIO VALENZUELA VALENZUELA, y su apoderado la Sra. Defensora Penal Publica Paula Páez González y la Sra. Fiscal del Ministerio Publico doña María Isabel Castro Cornejo. PRIMERO: Que ante este Tribunal se ha presentado el Sr. Fiscal del Ministerio Público don Francisco Caballero Zanzo sosteniendo acusación en contra del imputado ya individualizado, como autor de un delito de robo en lugar habitado previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, y tres delitos de robo en lugar no habitado previsto y sancionado articulo 442 n°2 del Código Penal. Atribuyéndose al acusado la calidad de autor de los mismo, solicita se aplique respecto del primer ilícito la pena de tres años y un día de
Fundamentos
considerando que no existen antecedentes para a estimar no procedentes a su respecto, ello atendido a su falta de antecedentes penales anteriores lo que indica que no existía contacto criminógeno Código: XXRXXXKTRSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. Fono: 722718990 – 722718968 - 722718997 jgsanfernando@pjud.cl Así la cosas, se le aplicará la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, por un lapso igual al de las penas privativas de libertad que se les impone, debiendo también dar cumplimiento a las condiciones indicadas en el artículo 17 de la Ley 18.216 con sus modificaciones y las dispuesta en la letra b) del artículo17 ter, sin perjuicio de las actividades que contemple el plan de intervención individual que, en su oportunidad, deberá presentarse al Tribunal.
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además, lo dispuesto en los artículos 7, 11 números °6 y 9, 15 N° 1, 22, 28, 29, 50, 67, 68, 70, 436, 432, 439, 440 N°1, 442 N°2 del Código Penal; artículos 406 y siguientes, 412 y 413 del Código Procesal Penal; Ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, y demás normas legales aplicables en la especie SE DECLARA: I.- Que se condena al acusado PATRICIO VALENZUELA VALENZUELA, chileno, ignora profesión u oficio, cédula nacional de identidad N°20.794.015-9, domiciliado en Tunca abajo N°739 de San Vicente de Tagua Tagua, a sufrir una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, la accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena ello como autor del delito de robo en lugar habitado en grado de consumado previsto y sancionado artículo 440 N°1 del Código Penal, hecho ocurrido en San Fernando el día 14 de Abril del año 2022. II.- Que se condena al acusado PATRICIO VALENZUELA VALENZUELA, chileno, ignora profesión u oficio, cédula nacional de identidad N°20.794.015-9, domiciliado en Tunca abajo N°739 de San Vicente de Tagua Tagua, a sufrir una pena única de setecientos días de presidio menor en su grado medio, la accesorias de suspensión de cargo u oficio Código: XXRXXXKTRSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. F
Texto Completo (Preview)
Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. Fono: 722718990 – 722718968 - 722718997 jgsanfernando@pjud.cl AUDIENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA dos de agosto de dos mil veintidós Ruc: 2200358440-6 Rit: 998 - 2022 Hora Inicio:10:25 Hora Término:10:32 Imputado: PATRICIO ALEJANDRO VALENZUELA VALENZUELA C.I. N° 0020794015-1 Comparece: SI Domicilio: Calle TUNCA BAJO Nº 739, San Vicente de Tagua Tagua. Fisca
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