FIGUEROA/CERDA
Rol
C-3489-2019
Fecha
2 de marzo de 2020
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 19 de Diciembre de 2019 (folio n° 1), comparece don Rodrigo Figueroa Villalobos, abogado, en representaci n de don Jorge Andr só é Herrera Kusanovic, Ingeniero, ambos domiciliados en 4 Oriente N° 190, comuna de Vi a del Mar, e interpone demanda de terminaci n de contratoñ ó de arrendamiento y reconvenciones de pago, en contra de don Ernesto Cerda Herrera, de profesi n u oficio desconocidos, domiciliado en calle San Josó é N° 129, comuna de Valpara so.í Con fecha 05 de Febrero de 2020 (folio n° 23), se llev a cabo eló comparendo de estilo, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a delí demandado, se efectu el llamado a conciliaci n el que no pudo prosperar, yó ó se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 28 de Febrero de 2020 (folio n° 34), se cit a las partesó a o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 19 de Diciembre de 2019 (folio n° 1), comparece don Rodrigo Figueroa Villalobos, abogado, en representaci n deó don Jorge Andr s Herrera Kusanovic, Ingeniero, ambos domiciliados en 4é Oriente N° 190, comuna de Vi a del mar, e interpone demanda deñ terminaci n de contrato de arrendamiento y reconvenciones de pago, enó contra de don Ernesto Cerda Herrera, de profesi n u oficio desconocidos,ó domiciliado en calle San Jos N° 129, comuna de Valpara so.é í Funda la demanda en que su representado celebr contrato deó arrendamiento con el demandado, por escritura privada, con fecha 6 de diciembre de 2003, para comenzar a regir el d a 10 de dicho mes y a o,í ñ respecto del inmueble ubicado en Valpara so, calle San Jos Nº 129, el queí é ser a destinado a uso habitacional, con prohibici n de subarrendar.í ó Expresa que el monto de la renta de arrendamiento mensual, era la suma de ciento ochenta mil pesos mensuales ($ 180.000), valor reajustado conforme a la variaci n del ndice de Precios al Consumidor, cada tresó Í meses; debiendo el demandado estar pagando, a la fecha de interposici n deó la presente demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento, laó cantidad de $ 370.000, mensuales. Manifiesta que se pact en la cl usula segunda del contrato, que si noó á se paga la renta a m s tardar dentro de los cinco d as siguientes a la pocaá í é fijada, tendr un recargo del 1%, por cada d a de atraso, a t tulo de cl usulaá í í á penal. Agregando que se estableci , en la misma cl usula, la obligaci n deó á ó arrendatario de pagar puntualmente los servicios que consuma. Indica que en la cl usula sexta del contrato, se prohibi al arrendatarioá ó subarrendar, ceder o transferir a cualquier t tulo el presente contrato.í Expone que el arrendatario, en forma constante, ha incurrido en atrasos en el pago completo de la renta, encontr ndose en mora en el pagoá de la renta completa que le correspond a pagar, a m s tardar, el d a 5 deí á í diciembre de 2019, adeudando la cantidad de $ 370.000.-, suma que deberá pagar reajustada, en la misma proporci n en que ha variado el valor de laó Unidad de Fomento, entre la fecha en que debi realizarse cada pago, yó aqu lla en que efectivamente pague, conforme con el art culo 21 de la Leyé í N° 18.101. A adiendo que en la cl usula d cimo segunda del contrato señ á é estableci que el atraso superior a diez d as corridos en el pago de la renta,ó í contados desde la fecha en que debi pagarse el arriendo, da derecho a laó parte arrendadora para exigir la restituci n inmediata y desocupada deló inmueble, consider ndose que el contrato ha caducado y/o vencido ipso facto.á Debiendo entenderse, que el pago debe ser por la renta completa; debiendo adem s, aplicarse el recargo del 1% de la renta pactada por cada d a deá í atraso. Se ala que el demandado ha incurrido en forma reiterada enñ incumplimiento de la obligaci n contractual asumida; adeudando a Esval S.A.,ó la suma de $2.287.190.-, y a Chilquinta
Fallo
se declara: I.- Que se acoge la demanda de folio n° 1, s lo en cuanto a declararó terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre Jorge Andr sé Herrera Kusanovic y Ernesto Cerda Herrera, por no pago de rentas, condenando al demandado a pagar a la actora la suma de $1.110.000.-, por concepto de renta de los meses de diciembre de 2019, enero y febrero de 2020; m s las que se devenguen hasta la restituci n efectiva del inmueble,á ó reajustada seg n la variaci n que experimente el I.P.C., m s cl usula penal, yú ó á á los consumos b sicos de agua y luz; debiendo presentar los documentosá id neos si pretendiere enervar la deuda.-ó II.- Que el demandado deber restituir el inmueble ubicado en calleá San Jos N° 129, comuna de Valpara so, dentro de quinto d a, desde queé í í este fallo cause ejecutoria.- III.- Que se condena en costas al demandado.- Reg strese y arch vese, en su oportunidad.- í í Rol Nº- C-3489-2019 (C. Principal) vbs.- Pronunciada por Patricia Montenegro V squez, Juez Titular.á Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valparaiso, dos de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. P
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-3489-2019 CARATULADO : FIGUEROA/CERDA Valparaiso, dos de Marzo de dos mil veinte VISTO: Con fecha 19 de Diciembre de 2019 (folio n° 1), comparece don Rodrigo Figueroa Villalobos, abogado, en representaci n de don Jorge Andr só é Herrera Kusanovic, Ingeniero, ambos domiciliados en 4 Oriente N° 190, comuna de Vi
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