MP C/ HANPHLY BERNABE OYANADEL JERALDO
Rol
O-418-2022
Fecha
4 de agosto de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 18 de junio de 2022 alrededor de las 01:05 horas am, el imputado Hanphly Bernabé Oyanadel Jeraldo, en circunstancias que funcionarios de carabineros realizaban controles preventivos, fue sorprendido en la vía pública, específicamente en la avenida costanera de la vía de Huasco, portando un arma blanca del tipo cuchillo cocinero de 17 cm de largo total, correspondiendo 7 cm de hoja y 10 cm de empuñadura de plástico color negra, sin justificar razonablemente el porte del arma punzante. SE DECLARA: I.- Que, se acoge el requerimiento y SE CONDENA a la imputada HANPHLY BERNABÉ OYANADEL JERALDO, cédula de identidad N° 19.873.432-2, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO del delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido el 18 de junio de 2022 en la comuna de Huasco, a la PENA de MULTA DE 0,3 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, el COMISO Y DESTRUCCIÓN de la especie incautada, sin costas. II.- Que, atendido el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa, se va a tener por cumplida la pena de multa. Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por PABLO MATIAS RODRIGUEZ BUSTOS, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Freirina. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: KXZGXXMFXQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-05T16:16:44-0400
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se acoge el requerimiento y SE CONDENA a la imputada HANPHLY BERNABÉ OYANADEL JERALDO, cédula de identidad N° 19.873.432-2, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO del delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido el 18 de junio de 2022 en la comuna de Huasco, a la PENA de MULTA DE 0,3 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, el COMISO Y DESTRUCCIÓN de la especie incautada, sin costas. II.- Que, atendido el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa, se va a tener por cumplida la pena de multa. Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por PABLO MATIAS RODRIGUEZ BUSTOS, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Freirina. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: KXZGXXMFXQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-05T16:16:44-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Freirina, cuatro de agosto de dos mil veintidós TRIBUNAL: Juzgado de Letras y Garantía de Freirina JUEZ: PABLO MATIAS RODRIGUEZ BUSTOS RUC: 2210029808-6 RIT: 418 - 2022 IMPUTADOS: HANPHLY BERNABÉ OYANADEL JERALDO C.I. 19.873.432-2 DIRECCION EL ESFUERZO N° 062 COMUNA: Huasco. DELITO PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ARTICULO 288 B
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica