MP C/ CLAUDIO EDUARDO SOTELO MORENO
Rol
O-234-2021
Fecha
3 de agosto de 2022
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 25 de enero de 2021, a las 12:10 horas aproximadamente don CLAUDIO EDUARDO SOTELO MORENO llega hasta la calle Caupolicán N° 9 de la comuna de Requinoa, lugar donde se encuentra la dependencia de la subcomisaria de Requinoa, en esa oportunidad se entrevista con el funcionario de Carabineros don PEDRO GERARDO VIDAL CORNEJO y don EMANUEL HUMBERTO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, oportunidad en que el imputado solicita dejar una denuncia por una presunta desgracia, sin embargo funcionarios de Carabineros le señalan que la persona presuntamente extraviada, que es el hermano de don CLAUDIO EDUARDO SOTELO MORENO, se encuentra con orden de detención pendiente por lo cual ellos realizarían de manera previa las gestiones para comunicarse con Gendarmería y con otras unidades policiales para efectos de saber si es que se encuentra detenido en alguno de estos lugares en base a la orden de detención que mantenía vigente, el imputado frente a esta respuesta se ofusca de sobremanera comenzando a insultar a los funcionarios de Carabineros, señalándole lo siguiente “Pacos culiaos no sirven para ninguna huea, valen callampa”, posteriormente sale de la unidad policial quedándose en el exterior de la subcomisaria de Requinoa desde donde comienza a proferir amenazas a ambos funcionarios de Carabineros señalándoles lo siguiente “pacos culiaos hijos de la perra, donde los pille les voy a sacar la concha de tu madre, sácate esa caga de uniforme que los voy a matar”. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 48, 50, 67, 68, 69 del Código Penal; artículos 417 del Código de Justicia Militar; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: Código: YXXTXXXBTQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en
Fallo
SE DECLARA: Código: YXXTXXXBTQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl I.- Que el imputado CLAUDIO EDUARDO SOTELO MORENO, ya individualizado es culpable de los cargos formulados en el requerimiento del Ministerio Público, en consecuencia se condena en calidad de autor del delito de amenazas a Carabineros de Chile en el ejercicio de sus funciones en grado de consumado, hecho perpetrado en la comuna de Requinoa el día 25 de Enero de 2021, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que la pena corporal y accesoria se tienen por cumplidas atendido el mayor tiempo que ha permanecido privado de libertad con ocasión de estos hechos, entre los días 28 de Abril de 2022 a la fecha, sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno. III.- Que, se exime al sentenciado de pagar las costas de la causa. IV.- Que, se dejan sin efecto l
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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