Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

MARIA SOL RUGGERI NUÑEZ C/ CRISTIAN PATRICIO ASTUDILLO ASTUDILLO

Rol

O-2704-2021

Fecha

5 de agosto de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CRISTIAN PATRICIO ASTUDILLO ASTUDILLO, Cédula de Identidad 17.439.447-4, se resuelve en virtud de los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho: Hecho: “El día 17 de agosto de 2021, alrededor de las 18.20 hrs., en el interior del domicilio ubicado en calle Ana María Fresno N° 150, Block 7, depto. 102, Villa Alemana, la víct ima María Sol Ruggeri Núñez recibió en su teléfono celular mensajes de texto, enterándose de la infidelidad del que era hasta ese entonces su conviviente, con quien mantiene además 03 hijos en común, el requerido CRISTIAN PATRICIO ASTUDILLO ASTUDILLO, y luego de discut ir con aquél, le exigió que hiciera abandono del domicilio que compart ían, momento en que ASTUDILLO ASTUDILLO se ofuscó agrediéndola con golpes. A raíz de la agresión la víct ima resultó con lesiones leves, consistentes en “labios con aument o de volumen sin sangrado; cont usión de dedo de la mano, sin daño de las uñas; cont usión de órganos genit ales ext ernos” , según el DAU N° 26195368, emanado del Consultorio Eduardo Frei Ruiz Tagle. Estos hechos a juicio del Ministerio Público const ituyen el delito de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIF, previsto en el Art. 399 del Código Penal, en relación al Art. 5 de la ley 20.066, en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole part icipación en calidad de AUTOR. LGXEXXBXLQS Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 05/08/2022 15:50:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl

Fallo

se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Hecho: “El día 17 de agosto de 2021, alrededor de las 18.20 hrs., en el interior del domicilio ubicado en calle Ana María Fresno N° 150, Block 7, depto. 102, Villa Alemana, la víct ima María Sol Ruggeri Núñez recibió en su teléfono celular mensajes de texto, enterándose de la infidelidad del que era hasta ese entonces su conviviente, con quien mantiene además 03 hijos en común, el requerido CRISTIAN PATRICIO ASTUDILLO ASTUDILLO, y luego de discut ir con aquél, le exigió que hiciera abandono del domicilio que compart ían, momento en que ASTUDILLO ASTUDILLO se ofuscó agrediéndola con golpes. A raíz de la agresión la víct ima resultó con lesiones leves, consistentes en “labios con aument o de volumen sin sangrado; cont usión de dedo de la mano, sin daño de las uñas; cont usión de órganos genit ales ext ernos” , según el DAU N° 26195368, emanado del Consultorio Eduardo Frei Ruiz Tagle. Estos hechos a juicio del Ministerio Público const ituyen el delito de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIF, previsto en el Art. 399 del Código Penal, en relación al Art. 5 de la ley 20.066, en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole part icipación en calidad de AUTOR. LGXEXXBXLQS Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 05/08/2022 15:50:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de

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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, cinco de agosto de dos mil veint idós. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CRISTIAN PATRICIO ASTUDILLO ASTUDILLO, Cédula de Identidad 17.439.447-4, se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Hecho: “El día 17 de agosto de 2021, alreded

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