Juzgado de Letras Los Lagos

INVERSIONES DEL SUR LTDA/DELGADO

Rol

C-329-2017

Fecha

28 de febrero de 2020

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

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Hechos

visto corte y robo ilegal de rboles nativos, agregando que se comercializa de forma ilegal alcohol y otrasá sustancia. Finalmente, agrega que se ha contratado electricidad sin permiso de los propietarios. Al ser repreguntado, refiere expresamente que no existe autorizaci n para laó ocupaci n del predio, precisando que do a Gloria ocupa el inmueble ilegalmente, y queó ñ en estos momentos ha seguido construyendo mediaguas. b) Sandra Mar a Bernardita Rosales Fern ndezí á : Al punto de prueba N 2° refiri que es agente inmobiliaria, y que en dicho contexto se ha percatado que eló ingreso de la demandada fue irregular, explicando que por su trabajao ha conversado con la demandada. Se ala que pasa por el sector desde mucho tiempo m s de un a o, yñ á ñ desde ese tiempo que estas personas permanecen en el lugar, viendo que se ha sacado madera del sector. III.- Pericial: Constituida por el peritaje evacuado por don Sebasti n Echenique D az,á í Ingeniero Forestal, cuyo objeto consiste en “Determinar si los terrenos en posesi n de laó demandada se encuentran dentro del predio cuyo dominio reclama la parte demandante, debiendo levantarse cartograf a y/o planimetr a del predio referido y de la ubicaci ní í ó dentro y fuera del mismo, de los terrenos en posesi n de la demandada .ó ” Luego de explicar la metodolog a empleada, y de desarrollar su informe, elí profesional concluye lo siguiente: “- Si, es efectivo que la parte demandante es due a del terreno cuya restituci nñ ó solicita. - La Cabida del retazo cuya restituci n se solicita, es de ó 37,38 hect reasá . - Es efectivo que la Demandada ocupa el retazo de terreno cuya restituci n seó solicita, adem s se encuentra completamente dentro de los l mites de la Hijuela A fundoá í La Primavera; - Seg n la Demandada, el tiempo de ocupaci n es de alrededor de cinco a os.ú ó ñ Ella manifiesta que no cuenta con ning n tipo de documento, que de su parte legitime laú posesi n del terreno en litigioó . ” Quinto: Que la demandada incor

Fundamentos

considerando d cimo tercero de la presente sentencia,é dentro de tercero d a de aqu l en que la presente sentencia quede firme o ejecutoriada,í é bajo apercibimiento de ser lanzamiento junto a su grupo familiar. II.- Que se rechazan todas las alegaciones de la demandada, formuladas en su contestaci n.ó III.- Que se omite pronunciamiento sobre la alegaci n subsidiaria consistente enó el derecho legal de retenci n opuesta por la demandada.ó IV.- Que se condena en costas a la demandada por resultar totalmente vencida. Reg strese y arch vese en su oportunidad. Notif quese por c dulaí í í é . RIT C-329-2017 Sentencia dictada por don Pablo lvarez Sol s, Juez Titular del Juzgado dÁ í e Letras y Familia de Los Lagos. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Lagos, veintiocho de Febrero de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-28T15:26:25-0300

Fallo

fallo causeí ejecutoria, o dentro del plazo que el tribunal determine, bajo apercibimiento de ser lanzada por la fuerza p blica ella y todo su grupo familiar, con costas.ú Que, a folio 9 se llev a efecto la audiencia de contestaci n y conciliaci n. Enó ó ó cuanto a la primera de dichas actuaciones, ella consta a folio 7, bajo el siguiente tenor: GLORIA DEL CARMEN DELGADO JARAMILLO, labores de hogar, domiciliada en sector Cerrillos, comuna de Futrono, contest la demanda, oponiendo comoó excepci n de fondo la establecida en el art culo 303 N 4 del C digo de Procedimientoó í ° ó Civil, esto es, la ineptitud del libelo, por raz n de falta de alg n requisito legal en eló ú modo de proponer la demanda, en relaci n con el articulo 254 N 2 del C digo deó ° ó Procedimiento Civil, que dispone que la demanda debe contener: El nombre, domicilio y profesi n u oficio del demandante y de las personas que lo representen y la naturalezaó de la representaci n.ó Se ala que el libelo de la demanda es inepto, dado que no contiene la profesi n uñ ó oficio de don Peter Gremier, quien aduce representar a la demandante. Tampoco se alañ la demanda la naturaleza de la representaci n, con infracci n a las normas legalesó ó citadas, y que impide que la demanda pueda prosperar, por lo que solicita el rechazo de la demanda por no cumplir con los requisitos del art culo 254 del C digo deí ó Procedimiento Civil. De igual forma opone como excepci n de fondo la falta de personer a oó í representaci n del que

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras Los Lagos CAUSA ROL : C-329-2017 CARATULADO : INVERSIONES DEL SUR LTDA/DELGADO Los Lagos, veintiocho de Febrero de dos mil veinte Visto; Que, a folio 1 el 20 de septiembre de 2017, INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por donó Peter Hans Friedrich Gremler Zeh, ambos domiciliados en Av

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