Juzgado de Garantía de Chillán.

MARIA ANGELICA SANZANA FERNANDEZ C/ JUAN ANDRÉS TORRES ROMERO

Rol

O-783-2016

Fecha

4 de agosto de 2022

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A principios del año 2013 el acusado Juan Andrés Torres Romero y Victoria Alejandra de Los Ángeles Saavedra Sanzana, previamente concertados para defraudar y ocultando su unión matrimonial bajo el régimen de sociedad conyugal, simularon tener otro estado civil distinto al real para lograr con fecha 05 de Marzo del año 2013 que doña María Angélica Sanzana Hernández, madre de la cónyuge del acusado, suscribiera una escritura pública en la notaria de don Francisco Yáber Lozano ubicada en la ciudad de Chillan en donde le cedía derechos y usufructos de dos inmuebles debidamente facultada y en representación de la sucesión hereditaria Saavedra Sanzana por ser aparentemente la heredera más desvalida desde un punto de vista patrimonial, sin embargo la imputada hizo creer falsa y maliciosamente que era soltera suscribiendo de esa forma dicha escritura pública. Luego, con fecha 12 de junio de 2014, ante el notario Público de la ciudad de Chillán, don Francisco Yáber Lozano Victoria Alejandra de Los Ángeles Saavedra Sanzana y su madre resciliaron la cesión de derechos hereditarios y usufructo respecto al inmueble ubicado en la comuna de Providencia. Posteriormente, con fecha 04 de agosto del año 2014, rescilian en la misma notaría la cesión de derechos hereditarios y usufructo respecto al segundo inmueble ubicado en la ciudad de Algarrobo. Tanto en las cesiones de derecho como en ambas resciliaciones, Victoria Alejandra de Los Ángeles Saavedra Sanzana suscribe dichas escrituras como soltera, sin embargo, el acusado, don Juan Andrés Torres Romero, en el año 2015, previamente concertado con su cónyuge, interpuso 4 demandas civiles alegando la nulidad de las rescisiones y de los usufructos, defraudando con estas maniobras a la comunidad hereditaria en más de cien millones de pesos. PARTICIPACIÓ AutorDELITO SUMINISTRAR MALICIOSAMENTE UN ESTADO CIVIL FALSO EN UNA ESCRITURA PÚBLICA GRADO EJECUCIÓN Consumado CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES 11

Fallo

se DECLARA INCOMPETENTE para conocer la pena sustitutiva y penas accesorias, debiendo remitir, una vez ejecutoriada la presente sentencia, al Juzgado de Garantía de San Antonio. Para el caso que no se aceptara la competencia, téngase por trabada la contienda de la misma, debiendo remitir los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de esta ciudad. OBSERVACIONES DEL TRIBUNAL - SIN OBSERVACIONES Resolvió PAULINA RODRIGUEZ ZAPATA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Chillán. Código: TXCJXXGZSXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl 2022-08-05T13:42:26-0400

Texto Completo (Preview)

___________________________________________________________________________________________________________________ _ Juzgado de Garantía de Chillán -  Av. Ecuador #1167, Chillán -  (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl AUDIENCIA DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL Fecha Chillán, cuatro de agosto de dos mil veintidós Ruc N° 1610006299-6 Rit N° 783 - 2016 Magistrado: PAULINA RODRIGUEZ ZAPATA Fiscal:

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