Juzgado de Garantía de Linares.

M.P. C/ CARLOS ANDRÉS PARRA ROJAS

Rol

O-789-2021

Fecha

25 de julio de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en causa RUC 2100163901-0, RIT N° 789-2021, seguida en contra del requerido CARLOS ANDRES PARRA ROJAS, chileno, sin oficio, RUT N°16.546.235-1, domiciliado en Población Gómez Carreño, pasaje Coihueco 1000, casa 25, Viña del Mar, representado por el Abogado Defensor Público doña Gilda Martínez Alfaro. El Ministerio Público estuvo representado por la Fiscal adjunto doña Carola D”Agostini Ibañez. SEGUNDO: Hechos del requerimiento: Con fecha 18 de febrero del año 2021, alrededor de las 13:20 horas, en el local comercial Móvil Manía, ubicado en calle Chacabuco N° 469 de la comuna de Linares, los requeridos sustrajeron con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño dos audífonos Gamer PC, marca Onikuma, especies avaluadas en la suma de $ 69.959. Los hechos antes descritos constituyen a juicio del Ministerio Público el delito de hurto simple previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, le cabe al requerido participación en calidad de autor, encontrándose el delito en grado de consumado. Respecto del imputado Carlos Parra concurre la agravante del artículo 12 N° 15 del Código Penal, por lo anterior el Ministerio Público solicita se aplique al imputado la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 5 UTM, accesorias generales y el pago de las costas de la causa. TERCERO: Alegatos Apertura del Ministerio Público. No formula. En su alegato de clausura solicita sentencia condenatoria, con la prueba rendida se acreditaron los hechos del requerimiento y participación del imputado, el procedimiento adoptado por los dos carabineros que realizan el control de identidad, se encuentra ajustado a derecho, habían indicios claros y precisos de que unas personas que habían sido denunciadas a carabineros como sujetos que se encontraban ejecutando acciones que podían ser constitutivas de delito, porque andaban mirando locales comerciales y vehículos estacionados lugar. Carabineros hace una labor preventiva, facultados para efectuar control de identidad ante un indicio de comisión de delito, en este caso coincidían las características físicas y Código: RGXXXXDSJSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de vestimentas, no fue un control al azar o porque los vieron portando una bolsa, evadir la presencia de funcionarios policiales es motivo para realizar control identidad, lo ha resuelto en este sentido la Corte Suprema. La circunstancia que la víctima haya tomado conocimiento posterior del hurto no lo hace ilegal, carabineros cumple una labor preventiva, habían indicios precisos que las personas estaban en posesión de especies cuya procedencia no pudieron justificar con boleta, por eso se llega al local por calle Chacabuco que venden esos objetos, al revisan cámaras de seguridad se percatan que dos sujetos de manera concertada habían sus

Fallo

se declara: I.- Que se absuelve al requerido CARLOS ANDRES PARRA ROJAS, ya individualizado, de la responsabilidad que le atribuye el Ministerio Público de ser autor del delito de un supuesto delito de hurto simple, perpetrado en la comuna de Linares, con fecha 18 de febrero del año 2021. II.- Que no se condena al Ministerio Público al pago de las costas del juicio, por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar. Regístrese y archívese en su oportunidad.- RUC 2100163901-0 RIT N° 789-2021 Dictada por doña Evelyn Pérez Jaña, Juez de Garantía Titular. Código: RGXXXXDSJSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: RGXXXXDSJSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-05T20:38:49-0400

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Linares, veinticinco de julio de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en causa RUC 2100163901-0, RIT N° 789-2021, seguida en contra del requerido CARLOS ANDRES PARRA ROJAS, chileno, sin oficio, RUT N°16.546.235-1, domiciliado en Población Gómez Carreño, pasaje Coihueco 1000, c

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