BURGOS/MARDONES
Rol
C-2018-2019
Fecha
28 de febrero de 2020
Materia
CONTRATO, RESOLUCIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales del ingreso civil rol C 2018 2019, caratulados “Burgos/Mardones”, comparece don Pablo Ignacio Burgos Garay, Médico Veterinario, C.I. 16.343.626-4, domiciliado en Pichil Km. 10 Ruta U – 55, Osorno, quien interpone demanda Resolución de Contrato con Indemnización de Perjuicios, en subsidio demanda de cobro de pesos, en procedimiento ordinario de menor cuantía, en contra de don Aquiles Alejandro Mardones Arratia, Médico Veterinario, C.I. 5.248.200-3, con domicilio en Avenida Zenteno N°1512, Oficina N°51, Osorno. Funda su demanda en que con fecha 3 de octubre de 2017 por escritura pública celebró con el demandado una promesa de compraventa por la cual don Aquiles Mardones Arratia le prometió vender el Lote A guión dos del plano de subdivisión del Lote A en el Plano archivado bajo el N° 400 en el anexo del Registro de Propiedad del año 2012, y que se encuentra inscrito a fojas 937 vuelta N°1157 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Osorno del año 1994, por el precio de $29.000.000, el cual se solucionaría de la siguiente forma: con la suma de $5.000.000, que pagaría a la firma de la promesa mediante cheque serie 7706021 de su cuenta corriente 2500676107 del Banco de Chile, precio que el demandado recibió a su entera satisfacción, dando en aquella parte, por pagado el precio, y el saldo de precio de $24.000.000 que pagaría al momento de la celebración del contrato definitivo de la compraventa, agrega que para pagar el pie de $5.000.000 debió pagar un crédito por $6.000.000 de pesos en el Banco Estado, el cual se pactó una tasa de 0,59% mensual, lo que significó que el costo total de dicho crédito,
Fundamentos
considerando sólo los cinco millones de pesos, fue de $5.868.376. Indica que solicitó $6.000.000 de pesos ya que debió pagar abogado para la redacción de la promesa, gastos notariales, y otros gastos personales. Precisa que se estableció como condiciones del contrato de promesa, de acuerdo a la cláusula 3° del citado contrato a) el hecho de obtener el promitente comprador financiamiento por medio de institución bancaria, y b) el hecho de ajustar los deslindes del predio, por parte del promitente vendedor, al plano; esto debido a que el deslinde noreste estaba muy corrido, estando al mes de junio de 2019 en las mismas condiciones, pues vive al lado del inmueble. Añade que el cumplimiento de las condiciones, y
Fallo
por tanto la celebración del contrato definitivo, debía verificarse a más tardar el 28 de febrero de 2018. Para pagar el saldo del precio, obtuvo por parte del Banco Chile la aprobación de un crédito en Agosto de 2017 con línea vigente de un año desde su aprobación, por un monto de 15 millones y el saldo de 9 millones lo cancelaría haciendo uso del cupo de su tarjeta de crédito Mastercard. Llegado el vencimiento de la promesa de compraventa, el demandado no cumplió con su parte, ya que no ajustó los deslindes del inmueble conforme al plano, y tampoco le hizo llegar la documentación legal del inmueble. Agrega que cumplido el plazo para celebrar el contrato de compraventa, se comunica con el promitente vendedor y éste le señala que el documento firmado en Notaría era una leguleyada y que devolverá los $5.000.000 una vez que él venda el terreno a un terceros, y señala además que el precio de la propiedad ya no es de $29.000.000, sino que $35.000.000. Arguye que el día 13 de marzo de 2019 a través de correo certificado N° de envío 000114676132 de Correos de Chile, envió al demandado una carta, la cual fue recepcionada el 14/03/2019 a las 13:00 horas, donde le solicitó la devolución del dinero, indicando la vía para hacerlo y otorgando un plazo de 20 días para comunicar respuesta; sin embargo no recibió respuesta alguna. Refiere que a raíz del incumplimiento del deudor, sufrió daño emergente por lo cual solicita que se le condene en la suma de $1.068.376 por daños producidos, ya
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Osorno, veintiocho de febrero de dos mil veinte. VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales del ingreso civil rol C 2018 2019, caratulados “Burgos/Mardones”, comparece don Pablo Ignacio Burgos Garay, Médico Veterinario, C.I. 16.343.626-4, domiciliado en Pichil Km. 10 Ruta U – 55, Osorno, quien interpone demanda Resolución de Contrato con Indemnización de Perjuicios, en subsidio demanda
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