30º Juzgado Civil de Santiago

HURTADO/

Rol

V-242-2019

Fecha

28 de febrero de 2020

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que a folio 1, compareció don José Luis Hurtado Vidal, chileno, agricultor, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado en calle Apolo IV 1806, comuna de Vitacura, solicitando autorización para efectuar una donación a su hijo José Luis Ramón Hurtado Balmaceda, correspondiente a la nuda propiedad, reservándose el usufructo vitalicio, del departamento 33 del tercer piso, la bodega 175 y el estacionamiento 273 del nivel primer subterráneo, todos del Edificio El Peñón Edificio Cuatro, con acceso por calle El Radal 80, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado, con el N°3391 F a la Q, y de los derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirientes en los bienes comunes del citado inmueble, el cual se encuentra inscrito a fojas 52252, número 75811 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019. Manifiesta que el avalúo fiscal del departamento asciende a la suma de $158.627.087.-, el de la bodega a la cantidad de $1.871.512.- y el del estacionamiento a $6.137.956.-, lo que hace un total de $166.636.555.-, por lo que estima que esta donación tendrá un valor comercial de $164.000.000, ya que se reservará de por vida el usufructo de los citados inmuebles. Además, solicita autorización para donar a su hijo Andrés Rafael Domingo Hurtado Balmaceda, la nuda propiedad del inmueble ubicado Foja: 1 en calle Apolo IV 1806, que corresponde al sitio 60 de la manzana A del plano de loteo del Conjunto residencial Vista Hermosa de Vitacura, comuna de Vitacura, inscrito a fojas 925, número 1197 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, reservándose también el usufructo vitalicio de dicha propiedad, manifestando que el avalúo fiscal de dicha propiedad es de $80.116.503.-, y estima que su valor comercial es la cantidad de $160.000.000, ya que se reserva el usufructo vitalicio de la misma. Ambas donaciones serán efectuadas de forma pe

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don José Luis Hurtado Vidal, chileno, agricultor, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado en calle Apolo IV 1806, comuna de Vitacura, solicitando Foja: 1 autorización para efectuar una donación a sus hijos José Luis Ramón Hurtado Balmaceda y Andrés Rafael Domingo Hurtado Balmaceda, todos ya individualizados, según los antecedentes ya referidos en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que para fundamentar su petición, el solicitante acompañó los siguientes documentos: a) Certificados de matrimonio del donante y de nacimiento de los donatarios. b) Certificados de dominio de diversas propiedades en los que concurre como propietario el solicitante. TERCERO: Que se rindió información sumaria de testigos a la que comparecieron don Francisco Javier Silva Undurraga, chileno, agricultor, casado cédula de identidad 7.655.854-K, domiciliado en calle Raúl Labbé 13167, departamento 204, Lo Barnechea; y doña María Paulina Morales Fernández, chilena, corredora de propiedades, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad 7.025.643-6, domiciliada en Martín Alonso Pinzón 5020, departamento 37, comuna de Las Condes, quienes juramentados, expusieron de forma conteste que conocen hace bastante tiempo al solicitante, y que las donaciones cuya autorización solicita en ningún caso afectarán su patrimonio, pues es dueño de otros inmuebles de gran valor, y que por otro lado, habría compensado a su hija con valores semejantes, por los que no se verá afectada su legítima. CUARTO: Que con fecha 20 de diciembre de 2019 fue acompañado copia del certificado de pago de impuesto a las donaciones N° 269/2019, que corresponde a la insinuación de autos, emitido por doña Paola González Quezada, Jefe Depto. Jurídico de la XV Dirección Regional Santiago-Oriente del Servicio de Impuestos Internos, que da cuenta de haberse enterado en arcas fiscales el pago, mediante el “Giro y comprobante de pago de impuestos” folios Foja: 1 3516657, por un monto de $5.095.290.- y 3516633, por un monto de $456.532.- QUINTO: Que, atendido los antecedentes que obran en autos, en especial la información sumaria rendida y los demás documentos acompañados, los que dan cuenta de la existencia de un abultado patrimonio del donante, el cual no se vería afectado con la realización de la liberalidad pretendida, como tampoco el patrimonio y legítimas de sus cargas de familia; y considerando que el valor de los bienes a donar excede la suma que no precisa insinuación y no se trata de los casos de exención previstos en el artículo 18 de la Ley N°16.271, modificada por el D.L. N°3.545, por lo que es necesaria la autorización que solicita. Y lo dispuesto, además, en los artículos 43, 580, 582, 583 688, 1386, 1387, 1389, 1401 y 1411 del Código Civil; 366 y 369 del Código Orgánico de Tribunales; 817 y siguientes, 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: Que se hace lugar a la solicitud de lo principal de folio 1, y se autoriza a don José Luis Hurtado Vidal, a efectuar, por mera liberalidad y de forma irrevocable, una donación a sus hijos, don José Luis Ramón Hurtado Balmaceda, cédula de identidad 14.118.409-1; y don Andrés Rafael Domingo Hurtado Balmaceda, cédula de identidad 15.385.607-9, de la nuda propiedad de los siguientes inmuebles: a)A don José Luis Ramón Hurtado Balmaceda, el departamento 33 del tercer piso, la bodega 175 y el estacionamiento 273 del nivel primer subterráneo, todos del Edificio El Peñón Edificio Cuatro, con acceso por calle El Radal 80, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado, con el N°3391 F a la Q, y de los derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirientes en los bienes comunes del citado inmueble, el cual se encuentra inscrito a Foja: 1 fojas 52252, número 75811 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019. b)A don Andrés Rafael Domingo Hurtado Balmaceda, el inmueble ubicado en calle Apolo IV 1806, que corresponde al sitio 60 de la manzana A del plano de loteo del Conjunto residencial Vista Hermosa de Vitacura, comuna de Vitacura, inscrito a fojas 925, número 1197 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015. Estas donaciones deberán perfeccionarse en el plazo de sesenta días mediante escritura pública. Regístrese, notifíquese y archívens

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Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-242-2019 CARATULADO : HURTADO/ Santiago, veintiocho de Febrero de dos mil veinte VISTOS: Que a folio 1, compareció don José Luis Hurtado Vidal, chileno, agricultor, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado en calle Apolo IV 1806, comuna de Vitacura, solicitando autorización para

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