1º Juzgado de Letras de Curicó

PRADO/

Rol

V-173-2018

Fecha

28 de febrero de 2020

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece don Pedro Manuel Prado Orellana, chileno, viudo, minero, C dula Nacional de Identidad N 8.581.045-6,é ° domiciliado para estos efectos en Calle Negrete 1167 casa 14, Comuna y Ciudad de San Fernando, Provincia de Colchagua, Sexta Regi n del Libertador Generaló Bernardo O Higgins, quien vino en presentar manifestaci n minera de conformidad al’ ó art culo 39 del C digo de Miner a a nombre de don í ó í Jorge Gilberto Rom n Palmaá Mu ozñ , chileno, casado, t cnico en mec nica automotriz, C dula Nacional deé á é Identidad N 6.675.287-9, domiciliado para estos efectos en Avenida Libertad N° º 1027, Comuna y Ciudad de Romeral, Provincia de Curic , S ptima Regi n deló é ó Maule.- Indica que en terrenos abiertos y sin cultivos ubicados en la Regi n del Maule,ó Provincia de Curic , Comuna de Romeral, ha descubierto un yacimiento deó sustancias concesibles, las cuales viene en manifestar; teniendo como coordenadas UTM del Punto de Inter s de esta manifestaci n, las que se encuentran referidas alé ó Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia de 1924, Huso 19, siendo estas las siguientes: NORTE: 6.125.560,00 metros UTM y ESTE: 308.490,00 metros UTM. El rea manifestada corresponde a un rect ngulo cuyos lados orientados Norte-á á Sur UTM miden 5.000,00 metros y los lados orientados Este- Oeste UTM miden 2.000,00 metros. Por su parte, la cara superior de cada pertenencia mide 10 hect reas, las que en conjunto miden un total de 1.000,00 hect reas.á á Por lo anterior, es que viene en manifestar 100 pertenencias mineras de 10 hect reas cada una las que se denominaran "ROSA 1 AL 100" ambas inclusive.á As , previa alusi n a la normativa en que funda su solicitud, pide se tenga porí ó presentada manifestaci n minera, se acoja a tramitaci n, ordenando su inscripci n,ó ó ó publicaci n y otorg ndole copias autorizada de esta presentaci n y de su prove do.- ó á ó í SEGUNDO: Que, a folio 3, se certific que con fecha 27 de agosto deló mismo a o, a las 22:21 horas fue presentado pedimento minero por don Pedro Pradoñ Orellana, en representaci n de don Jorge G lberto Rom n Palma Mu oz denominadaó í á ñ Rosa 1 al 100 .- “ ” TERCERO: Que, a folio 7, el solicitante acompa a estos autos lañó siguiente documental: 1.- Comprobante de tasa de Pedimento de la concesi n Rosa 1 al 100, de 25ó de septiembre de 2018, emitido por la Tesorer a General de la Rep blica.- í ú 2.- Comprobante de Patente de Concesi n Exploraci n Rosa 1 al 100, deó ó fecha 29 de marzo de 2019 emitido por la Tesorer a General de la Rep blica.- í ú 3.- Copia autorizada de Inscripci n del pedimento Rosa 1 al 100 deló Conservador de Minas de Curic .-ó 4.- Ejemplar del Bolet n Oficial en el que consta la publicaci n de la copiaí ó autorizada de la inscripci n de pedimento correspondiente.- ó 5.- Triplicado de planos de la Concesi n de Exploraci n Rosa 1 al 100.- ó ó TERCERO: Que, de los documentos acompa ados consta que con fecha

Fallo

se declara; que se apruebaí ó í acta y plano de mensura y queda constituida la concesi n de explotaci n denominadaó ó “ROSA 1 AL 47”, de una superficie de 470 ha. a favor de don Jorge Gilberto Rom n Palma Mu oz.á ñ Publ quese el extracto, inscr base la sentencia en el Conservador de Minasí í correspondiente y h gase devoluci n de los planos.á ó Ot rguese copias autorizadas de la presente y rem tase copia de la misma aló í Servicio Nacional de Geolog a y Miner a. í í Arch vese los planos en los t rminos establecidos en el art culo 87 del C digoí é í ó de Miner a. í An tese, reg strese, notif quese, d jese copia autorizada y arch vese en suó í í é í oportunidad. Dictada por do a PAOLA ALEJANDRA CASTILLO ESPINOSA, Juezñ Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notific por el estado diario la sentencia precedente,ó en Curicó, veintiocho de Febrero de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-28T14:10:53-0300

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FOJA: 26 .-veintiseis .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : V-173-2018 CARATULADO : PRADO/ Curicó, veintiocho de Febrero de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece don Pedro Manuel Prado Orellana, chileno, viudo, minero, C dula Nacional de Identidad N 8.581.045-6,é ° domiciliado para estos efectos en Calle Negrete 1

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