21º Juzgado Civil de Santiago

GONZÁLEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA

Rol

C-26048-2019

Fecha

28 de febrero de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 20 de agosto de 2019, comparece don MANUEL JESUS GONZALEZ SOLIS, Pensionado, domiciliado en calle Uno Poniente 606, comuna de Lo Barnechea, Region Metropolitana, y deduce demanda de prescripci n extintiva de derechos de aseo en contra de laó I. MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA, persona juridica de derecho p blico, del giro de su denominacion, representada legalmente por suú Alcalde don Felipe Guevara Stephens, ignora profesi n, ambos domiciliadosó en Avenida El Rodeo 12777, comuna de Lo Barnechea. Funda su demanda en que es propietario del inmueble ubicado en calle Uno Poniente 606, comuna de Lo Barnechea, Region Metropolitana, Rol 040190009, y que ha sido requerido por la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, por el pago de los derechos de aseo municipales que se adeudar an por el periodo correspondiente entre los meses de abril de 2009í y noviembre de 2013.- Hace presente que a la poca de la presentaci n de la demanda haé ó trascurrido sobradamente el plazo de tres a os contado desde el vencimientoñ de tales derechos, sin haberse interrumpido tal plazo por alguna de las circunstancias legales. Previas citas legales, se solicita se tenga por interpuesta demanda ordinaria en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA, C-26048-2019 Foja: 1 representada por su alcalde don Felipe Guevara Stephens, ya individualizados, se acoja y en definitiva se declare la prescripci n extintivaó del cobro de los derechos de aseo que solicita, respecto de la propiedad ubicada en calle Uno Poniente 606, comuna de Lo Barnechea, Region Metropolitana, correspondiente al per odo que va desde abril de 2009 hastaí noviembre de 2013, ambos inclusive, cuya cuant a asciende a la suma deí $1.365.003.-, m s costas.á Que con fecha 26 de diciembre de 2019, la parte demandada contest la demanda allan ndose a la misma.ó á Que con fecha 12 de febrero de 2020, se tuvo por evacuada la r plica, y se cit a las partes a o r sentencia.é ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que comparece don MANUEL JESUS GONZALEZ SOLIS, ya individualizado, y solicita se tenga por interpuesta demanda ordinaria en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA, representada por su alcalde don Felipe Guevara Stephens, ya individualizados, se acoja y en definitiva se declare la prescripci n extintivaó del cobro de los derechos de aseo que solicita, respecto de la propiedad ubicada en calle Uno Poniente 606, comuna de Lo Barnechea, Region Metropolitana, correspondiente al per odo que va desde abril de 2009 hastaí noviembre de 2013, ambos inclusive, cuya cuant a asciende a la suma deí $1.365.003.-, m s costas.á Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este

Fallo

fallo y que se dan por enteramenteñ reproducidos en este considerando. SEGUNDO.- Que al contestar la demanda, la parte demandada se allan a la misma en todas sus partes.ó TERCERO.- Que la demandante acompa Informe de deuda,ñó emitido por la I. Municipalidad de Lo Barnechea de fecha 20 de mayo de C-26048-2019 Foja: 1 2019, respecto de la propiedad ubicada en calle Uno Poniente 606, comuna de Lo Barnechea, Regi n Metropolitana. ó CUARTO.- Que, la prescripci n constituye un principio general deló derecho, consagrado a fin de brindar estabilidad a las relaciones jur dicas, yí por esa raz n se encuentra presente en todas las esferas del ordenamientoó jur dico nacional, descart ndose su aplicaci n s lo en los casos en queí á ó ó excepcionalmente la Ley lo determine de esa forma. QUINTO.- Que, con respecto a la acci n de cobro de derechos deó aseo domiciliario se aplica la regla general del art culo 2514 en armon a coní í el art culo 2515, ambos del C digo Civil, que dispone en su tenor literal loí ó que sigue: Este tiempo es en general de tres a os para las acciones“ ñ ejecutivas y de cinco para las ordinarias. La acci n ejecutiva se convierte enó ordinaria por el lapso de tres a os, y convertida en ordinaria durarñ á solamente otros dos.”. SEXTO.- Que as las cosas, y alegada la prescripci n por laí ó demandante, habi ndose adem s allanado la demandada a la misma, siendoé á en consecuencia dicho hecho pac fico entre las partes, y transcurrido elí tiempo necesario sin que haya ha

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C-26048-2019 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-26048-2019 CARATULADO : GONZ LEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOÁ BARNECHEA Santiago, veintiocho de Febrero de dos mil veinte VISTOS: Que con fecha 20 de agosto de 2019, comparece don MANUEL JESUS GONZALEZ SOLIS, Pensionado, domiciliado en calle Uno Poniente 606, comuna de Lo Barne

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