Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ ALEJANDRO ANDRÉS REYES REYES

Rol

O-5115-2020

Fecha

4 de agosto de 2022

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 5115 - 2020 RUC 2000750964-3 Pronunciada por don ROLANDO CHRISTIAN DIAZ COLOMA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: ARH DXMGXXFJWCS Rolando Christian Diaz Coloma Juez de garantía Fecha: 04/08/2022 15:05:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-08-04T15:04:01-0500 Corte Suprema Rolando Christian Diaz Coloma Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 487 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a ALEJANDRO ANDRÉS REYES REYES, RUN N° 0017103669-0, ya individualizado, como autor del delito consumado de daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, en perjuicio de JUAN ALBERTO CARTES TIRONI, cometido en Puerto Montt el día 07 de agosto del 2020, a la PENA de MULTA de DOS TERCIOS de unidad tributaria mensual, la cual se le da por cumplida con ocasión de la jornada de privación de libertad a la cual fue sujeto el imputado en audiencia de control de la detención de fecha 25 de julio del 2020 y además en detención de fecha 03 de noviembre del 2020 en estos antecedentes. II.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 5115 - 2020 RUC 2000750964-3 Pronunciada por don ROLANDO CHRISTIAN DIAZ COLOMA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: ARH DXMGXXFJWCS Rolando Christian Diaz Coloma Juez de garantía Fecha: 04/08/2022 15:05:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMIT

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Sentencia: Puerto Montt, cuatro de agosto de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 487 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y

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