ILLAS/LEDEZMA
Rol
M-1631-2021
Fecha
16 de agosto de 2021
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X SENTENCIA X Se deja constancia que no comparece a la presente audiencia la parte demandada, doña Ximena Ledezma Castro. Autoriza poder: Al escrito presentado por la parte demandante, acompañando delegación de poder, se resuelve: Téngase presente. Digitalizaciones: Al escrito presentado por la parte demandante, acompañando documentos, se resuelve: A todo, téngase por digitalizados los medios documentales como la minuta de prueba. Amplia poder: La parte demandante viene en este acto en conferir facultades para percibir a su apoderado, don Mauricio Guillermo Bravo Arís. El Tribunal lo tiene presente. Contestación a la demanda: Se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la demandada, en atención a su incomparecencia. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce, en atención a la incomparecencia de la demandada. El Tribunal, a solicitud de la demandante, tiene por tácitamente admitidos los hechos, en virtud de la rebeldía de la demandada; no recibe la causa a prueba y procede a dictar sentencia en forma inmediata. SENTENCIA: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5 a 11, 73, 161, 162, 168, 425 a 431, 496 a 501, todos del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge íntegramente la demanda interpuesta por doña Yanise Illas Rodríguez, en contra de Ximena Ledezma Castro, ambas ya individualizadas, y se declara: A) Que el despido que ha afectado a la actora ha sido carente de causal y, en consecuencia, la demandada deberá pagar: 1) $898.200.- por concepto de indemnización sustitutiva por falta
Fallo
se resuelve: Téngase presente. Digitalizaciones: Al escrito presentado por la parte demandante, acompañando documentos, se resuelve: A todo, téngase por digitalizados los medios documentales como la minuta de prueba. Amplia poder: La parte demandante viene en este acto en conferir facultades para percibir a su apoderado, don Mauricio Guillermo Bravo Arís. El Tribunal lo tiene presente. Contestación a la demanda: Se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la demandada, en atención a su incomparecencia. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce, en atención a la incomparecencia de la demandada. El Tribunal, a solicitud de la demandante, tiene por tácitamente admitidos los hechos, en virtud de la rebeldía de la demandada; no recibe la causa a prueba y procede a dictar sentencia en forma inmediata. SENTENCIA: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5 a 11, 73, 161, 162, 168, 425 a 431, 496 a 501, todos del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge íntegramente la demanda interpuesta por doña Yanise Illas Rodríguez, en contra de X
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 16 DE AGOSTO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 6 (SALA VIRTUAL) RUC 21-4-0344771-1 RIT M-1631-2021 MAGISTRADO VÍCTOR COVARRUBIAS SUÁREZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS PALOMA URZÚA OCHOA HORA DE INICIO 10:19 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:30 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 214
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