M.P. COQBO C/ CARLOS RONALD ÁLAMOS RIQUELME
Rol
O-1047-2021
Fecha
4 de agosto de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 24 de febrero de 2021, a las 15:15 horas aproximadamente en la multitienda Paris, ubicada en Baquedano N° 86, comuna de Coquimbo; el imputado CARLOS RONALD ÁLAMOS RIQUELME sustrajo 13 poleras marca Polo, especies de propiedad dicho comercio y avaluados en la suma total de $288.870, ocultándolas en el interior de una bolsa que portaba, para luego traspasar los sensores de seguridad sin pagar su valor, siendo interceptado en los instantes en que abandonaba el establecimiento por el guardia de seguridad del mismo”. B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los
Fundamentos
fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. En Coquimbo, a cuatro de agosto de dos mil veintidós VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21, 30, 49, 51, 67, 69, 70, 432 y 446 N° 2 del Código Penal; artículos 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes Código Procesal Penal, artículo 1, 3 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA, a CARLOS RONALD ÁLAMOS RIQUELME, cédula de identidad N° 18.859.743-2, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO; AL PAGO DE UNA MULTA A BENEFICIO FISCAL EQUIVALENTE A UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL ACCESORIA LEGAL DE SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, por su responsabilidad como autor del delito Hurto simple perpetrado en grado de desarrollo frustrado el día 24 de febrero de 2021, en la jurisdicción de este Tribunal. II.- Que, se sustituye el cumplimiento de la pena corporal impuesta por la Remisión Condicional, quedando sujeto el sentenciado al control administrativo del Centro de Reinserción Social respectivo por el lapso de un año, debiendo cumplir además, durante dicho período, con las condiciones establecidas en el artículo 5° de la Ley 18.216. KXHYXXGFFDS FELIPE GONZALO PIZARRO AVALOS Juez de garantía Fecha: 04/08/2022 15:27:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara
Texto Completo (Preview)
A.- HECHOS: “El día 24 de febrero de 2021, a las 15:15 horas aproximadamente en la multitienda Paris, ubicada en Baquedano N° 86, comuna de Coquimbo; el imputado CARLOS RONALD ÁLAMOS RIQUELME sustrajo 13 poleras marca Polo, especies de propiedad dicho comercio y avaluados en la suma total de $288.870, ocultándolas en el interior de una bolsa que portaba, para luego traspasar los sensores de seguri
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