Juzgado de Garantía de Rancagua.

CRISTIAN RAMON FERNANDEZ MONDACA C/ JORGE ANDRÉS LÓPEZ SOTO

Rol

O-8651-2021

Fecha

1 de agosto de 2022

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 27 de diciembre del 2020, a las 22:20 horas aproximadamente, el imputado Jorge Andrés López Soto, condujo en estado de ebriedad la motocicleta sin placa patente única, modelo Soluto, color blanco, año 2001, por Avda. Rio Loco 56 por R4uta H-30 de la comuna de Rancagua, lugar donde, a raíz de su estado, colisionó al vehículo placa patente única PDYW.74, conducido por Alejandro Mancebo Montero, provocando daños. Al lugar llegó Carabineros quienes constataron que el imputado se encontraba en estado de ebriedad, por su fuerte hálito alcohólico, incoherencia al hablar, sus pupilas dilatadas, su inestabilidad al caminar. Le practicaron la prueba respiratoria intoxilizer la cual dio como resultado 1.87 gramos de alcohol por litro de sangre y la alcoholemia posterior del Servicio Médico Legal determinó que el imputado en se momento conducía el móvil señalado con 1.80 gramos de alcohol por litro en la sangres. El imputado conducía ese día el vehículo motorizado señalado, sin haber obtenido licencia de conducir alguna. Sentencia: Rancagua, uno de agosto de dos mil veintidós Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos: 1, 7, 11 N°9, 15 N°1, 24, 30, 67 y siguientes del Código Penal, artículo 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, normas pertinentes de la ley 18.216 y artículos 196 y 209 de la ley 18.290, se declara: I.- Que se CONDENA A JORGE ANDRÉS LÓPEZ SOTO, ya individualizado, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de conducion en estado de ebriedad agravado por no haber obtenido licencia de conducir , previsto y sancionado en los artículos 196 en relación con el artículo 209 de la ley 18.290, en grado de consumado, a sufrir la PENA DE QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO , a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA A JORGE ANDRÉS LÓPEZ SOTO, ya individualizado, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de conducion en estado de ebriedad agravado por no haber obtenido licencia de conducir , previsto y sancionado en los artículos 196 en relación con el artículo 209 de la ley 18.290, en grado de consumado, a sufrir la PENA DE QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO , a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES Y DOS AÑOS DE IHABILITACION PARA OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR, hecho ocurrido en Rancagua el día 27 de diciembre de 2020. II.- Que se se sustituye la pena corporal impuesta (541dias) por la de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, por el término y duración de la pena corporal, que debe cumplir bajo el control de Gendarmería de Chile a través de monitoreo telemático en el domicilio de avenida Francia 544 N°100 de Rancagua conforme informe de factibilidad técnica Folio 2000705. Si no se presenta a cumplir con la pena sustitutiva en el plazo que se indicara se ordenara su inmediata detención. Si la pena sustitutiva le fuere quebrantada o revocada se intensificarán las medidas del control administrativo incluso puede ser revocada debiendo cumplirla de forma efectiva caso en el cual servirá de abono el tiempo que hubiere dado cumplimiento a la pena sustitutiva. VMDVXXEVXDS Jessica Veronica Bascuñan Morales Juez de garantía Fec

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA uno de agosto de dos mil veintidós Ruc: 2100020481-9 Rit: 8651 - 2021 Hora Inicio: 10.02 Hora Término:10.21 Juez: JESSICA BASCUÑAN MORALES Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado Imputado: Jorge Andrés López Soto C.I. N° 18.446.765-8 Comparece

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