Juzgado de Garantía de la Serena.

MP C/ MARJORIE SCARLET TAPIA TORO

Rol

O-4173-2022

Fecha

4 de agosto de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día de agosto del año , a las . horas aproximadamente, al interior del supermercado Líder, ubicado en calle Regimiento Arica No. 6 4 , comuna de La Serena, la imputada Marjorie Scarlet Tapia Toro, se apropió y sustrajo diversos productos de propiedad del referido supermercado, avaluados en la suma total de $ . 6 .-, traspasando el lineal de cajas sin pagar el valor comercial de estas especies, las que mantenía acopiadas en un carro, siendo detenida por guardias de seguridad del local en momentos en que abandonaba el recinto”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los

Fundamentos

considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 200752266-9-929 - 220804-00 - 20 - 4173-2022 SENTENCIA, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. VISTOS Y CONSIDERANDO: PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 66- RIT Nº: 4 - DELITO: Hurto simple por un valor de 4 a 4 utm. SENTENCIADA: MARJORIE SCARLET TAPIA TORO FXSCXXWMJCS Pedro Alvaro Rojas Castro Juez de garantía Fecha: 04/08/2022 14:26:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 30, 49, 51, 70, 432, 446 Nº 2 y 449 del Código Penal; 45, 47, 348, 388, 390 y 395 del Código Procesal Penal; 1, 3, 4 y 37 de la Ley N° 18.216,

Fallo

se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a MARJORIE SCARLET TAPIA TORO, cédula nacional de identidad N° 15.031.592-1, ya individualizada, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autora de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, en grado frustrado, perpetrado en esta ciudad, el día tres de agosto del año dos mil veintidós. II.- Que, se sustituye a la condenada la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL por el plazo de UN AÑO, debiendo mantener su residencia en la comuna de Coquimbo, quedando sujeta a la discreta observación y asistencia de la autoridad administrativa competente, Centro de Reinserción Social de Gendarmería de la comuna de La Serena, debiendo dar cumplimiento a las restantes condiciones previstas en la ley y presentarse en dicho centro, dentro del plazo de quinto día de ejecutoriada esta sentencia a cumplir la pena, bajo apercibimiento de ser declarado su quebrantamiento. III.- Que, conforme a lo razonado en el motivo séptimo de este fallo, la pena pecuniaria impuesta convertida a la pena de un día de reclusión se tendrá por cumplida, atendido el tiempo que la sentenciada permaneció privada de libertad con ocasión de esta causa. IV.- Que, SE EXIME a la sentenciada del pago de las cost

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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, cuatro de agosto de dos mil veintidós Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Pedro Álvaro Rojas Castro Fiscal German Calquín Meza Abog. Querellante Tania Arredondo González Defensor Hamilton González Rojas Imputada Marjorie Scarlet Tapia Toro, cédula nacional de identidad N° . . - , domiciliada en calle Reserva Nacional Coyhaique N° 648, sector Bosque

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