OLIVARES/MEDINA
Rol
C-1663-2019
Fecha
28 de febrero de 2020
Materia
ARRENDAMIENTO,RESTITUCIÓN POR EXPIRACIÓN TIEMPO ESTIPULADO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: De la demanda de terminaci n del contrato por expiraci nó ó del plazo. Que, en lo principal de la presentaci n de fecha 6 de diciembre de 2019,ó compareci don Alfredo A. Ferrada Valenzuela, en representaci n de do a ó ó ñ MARIA ANGELICA OLIVARES ZU IGAÑ , Auxiliar de P rvulos, c dula nacional deá é identidad N . 7.484.816-8, domiciliada en calle Jos Domingo Chorroco, N 715, Brisa° é ° del Mar, Sindenpart, quien demanda a do a ñ EDITH CECILIA MEDINA MIRANDA, cuya profesi n u oficio desconozco, c dula de identidad N 10.401.470-4,ó é ° para que restituya el bien arrendado por expiraci n tiempo estipulado del contrato deó arriendo que recae sobre la propiedad ubicada en Pasaje Anc n, Poblaci n Chacabucoó ó N 303, Limache.° Fundamenta su solicitud en los siguientes antecedentes: I.- Del Contrato de Arriendo Indica que su representada con fecha 7 de julio de 2011, firm contrato deó arriendo con la demandada sobre su propiedad, el cual comenz a regir el 9 de julio deó 2011 y cuya terminaci n era el 9 de enero de 2012 si nada se dec a. Agrega que eló í canon mensual fue de $ 100.000 reajustado con el IPC entre la fecha de inicio del arrendamiento y la fecha de la pr rroga.ó Expone que el plazo as pactado de acuerdo a la cl usula cuarta se entenderí á á prorrogada en iguales condiciones, por periodos mensuales si las partes no le ponen t rmino dando el aviso correspondiente en conformidad a la Ley.é Se ala que su parte dentro del plazo le envi carta aviso que se acompa a en elñ ó ñ otros v a Notario P blico, certificando ste que buscada dos d as distintos a laí í ú é í demandada esta no fue habida, por lo que se le dio el aviso correspondiente en conformidad a la Ley. Destaca que han transcurrido 8 a os desde que se entreg en arriendo lañ ó propiedad se alada y fue prorrogado t citamente a trav s de los a os, pero hoy tieneñ á é ñ necesidad su mandante de ocupar personalmente la propiedad, por lo que dentro del plazo estipulado en el contrato y habiendo enviado la carta pertinente, solicita terminar el contrato por la causal del art culo 7 N 3 de la ley 18.101, esto es, haber expirado elí ° ° C-1663-2019 tiempo estipulado en el contrato, que ser el 9 de enero de 2020, por lo que debeá restituir la propiedad en esa fecha en buen estado material, con el pago de la renta al d a, todos los gastos dom sticos pagados hasta el ltimo d a de su ocupaci n y siní é ú í ó terceros ocupantes o sub arrendatarios. Concluye su petitorio, citando de modo general los art culos 1950 y siguientes delí C digo Civil, Ley N 18.101, art culos 680 y siguientes del C digo de Procedimientoó ° í ó Civil, y solicita tener por deducida demanda de restituci n del inmueble por haberó expirado el tiempo estipulado en el contrato de arriendo en contra de do a EDITHñ CECILIA MEDINA MIRANDA, solicitando que se practiquen las reconvenciones legales (sic) y, en definitiva, condenarla a: 1) La restituci n del inmueble dentro de tercero d a desde que la sentencia causeó
Fallo
por tanto, no ser renovado por un nuevo periodo contar del a o 2020 porá ñ causas personales y particulares. Informa adem s que con fecha 9 de enero de 2020 elá demandado deber restituir el inmueble arrendado, sin moradores o terceros extra os alá ñ contrato y con canones de arriendo cancelados a esa fecha, al igual que todos los servicios dom sticos. El Notario certifica que nadie sali o respondi a sus llamados poré ó ó lo que dejo en la reja del domicilio un ejemplar de la carta de aviso. NOVENO: De la expiraci n del tiempo estipulado para la duraci n deló ó contrato. Que, en estos autos, se ha deducido la acci n de terminaci n del contrato deó ó arrendamiento, en raz n de haberse notificado a la arrendataria mediante carta notarial,ó la intenci n de la arrendadora de no continuar con el mismo.ó En este sentido, seg n se ha rese ado en el considerando octavo, se encuentraú ñ acreditado el v nculo contractual que une a las partes, as como las estipulaciones delí í C-1663-2019 mismo. Entre ellas, la cl usula cuarta del contrato de arrendamiento, en virtud de la cualá se pact que el contrato se entender prorrogado en iguales condiciones por periodosó á mensuales si las partes no le pone t rmino dando el aviso correspondiente ené conformidad a la ley. D CIMO: É Que, del m rito de los antecedentesé aportados por la demandante, apreciados estos en conformidad con las reglas de la sana cr tica, el tribunal concluyeí que la demandante ha dado cumplimiento a lo pactado en el contr
Texto Completo (Preview)
C-1663-2019 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Limache CAUSA ROL : C-1663-2019 CARATULADO : OLIVARES/MEDINA Limache, veintiocho de febrero de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: De la demanda de terminaci n del contrato por expiraci nó ó del plazo. Que, en lo principal de la presentaci n de fecha 6 de diciembre de 2019,ó compareci don Alfredo A. Ferrada Valenz
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