Juzgado de Letras y Garantía de Chanco.

MINISTERIO PUBLICO C/ MAURO WILLIAMS FLORES PÉREZ

Rol

O-58-2020

Fecha

28 de julio de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículo 45, 47, 49, 295, 296, 297, 340, 341,342, 346, 348, 388, 346 siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 3, 7, 11 n° 6, 9, 14 n° 1, 15 n° 1, 24, 25, 30, 49, 51, 67, 69, 432, 442, disposiciones de la ley 18.216, se declara: I. Que SE CONDENA a MAURO WILLIAMS FLORES PÉREZ cédula de identidad N° 0017223768-1, ya individualizada, por su responsabilidad en el de Robo en Lugar no Habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código penal, perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 09 de febrero de 2020 a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargos y oficios públicos por el tiempo que dure la condena por su responsabilidad en el delito señalado. II. Que, reuniéndose al respecto del sentenciado los requisitos del artículo cuarto de la ley 18.216, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la de REMISION CONDICIONAL, debiendo presentarse ante el C.R.S. de Concepción, dentro del plazo de 5 días corridos contados desde que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada, por el término de un año. En el evento de que la pena fuese revocada o quebrantada deberá cumplirla integra y efectivamente o en su caso se le reemplazara por una pena sustitutiva de mayor intensidad. Se le abonara al condenado el tiempo de la ejecución de dicha pena sustitutiva, los días que haya permanecido privado de libertad por la presente causa, no señalando que tenga días de abono. Código: ETPQXXSTLBS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Errázuriz s/n°, Chanco VII Región del Maule Fono (73) 2551002 Correo electrónico: jlyg_chanco@pjud.cl III. Que se exime a la sentenciada del pago de las costas de la causa por haber admitido libre y voluntariamente este procedimiento abreviado, ahorrándole así recursos al Estado. IV. Que, se deberá dar cumplimiento con lo señalado en el artículo 38 de la

Fallo

se declara: I. Que SE CONDENA a MAURO WILLIAMS FLORES PÉREZ cédula de identidad N° 0017223768-1, ya individualizada, por su responsabilidad en el de Robo en Lugar no Habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código penal, perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 09 de febrero de 2020 a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargos y oficios públicos por el tiempo que dure la condena por su responsabilidad en el delito señalado. II. Que, reuniéndose al respecto del sentenciado los requisitos del artículo cuarto de la ley 18.216, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la de REMISION CONDICIONAL, debiendo presentarse ante el C.R.S. de Concepción, dentro del plazo de 5 días corridos contados desde que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada, por el término de un año. En el evento de que la pena fuese revocada o quebrantada deberá cumplirla integra y efectivamente o en su caso se le reemplazara por una pena sustitutiva de mayor intensidad. Se le abonara al condenado el tiempo de la ejecución de dicha pena sustitutiva, los días que haya permanecido privado de libertad por la presente causa, no señalando que tenga días de abono. Código: ETPQXXSTLBS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Errázuriz s/n°, Chanco VII Región del Maule Fono (73) 2551002 Correo electrónico: jlyg_chanco@pjud.cl III. Que se exi

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Errázuriz s/n°, Chanco VII Región del Maule Fono (73) 2551002 Correo electrónico: jlyg_chanco@pjud.cl Individualización de Audiencia de Prep. de Juicio Oral Simplif. Fecha Chanco., veintiocho de julio de dos mil veintidós Magistrado GUILLERMO ALBERTO COFRE RIVERA Fiscal JOSE VARELA POBLETE Defensor ESTEBAN AREVALO TAPIA Hora inicio 01:37PM Hora termino 02:06PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letr

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