Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

JENNYFER VANESSA DEL ROSARIO GALLARDO VIDAL C/ BRYAN MAXIMILIANO GALLARDO GONZALEZ

Rol

O-2729-2021

Fecha

3 de agosto de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de GHYLARY JHASMARI GONZÁLEZ PEREIRA y LUIS MASIMILIANO GALLARDO VIDAL, quienes comparecen representados por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: “El día 06 de septiembre de 2021, alrededor de las 13.30 hrs., mientras la víctima Jennyfer Gallardo Vidal -quien presentaba un embarazo gestacional de 06 semanas- se encontraba en el domicilio de su madre, ubicado en Pasaje Ilusión, lote 12, Campamento Los Almendros, Villa Alemana, hasta ese lugar llegó su cuñada, la requerida GHYLARY JHASMARI GONZÁLEZ PEREIRA en compañía de su marido, el requerido LUIS MASIMILIANO GALLARDO VIDAL, quien es hermano de la víctima, los que sin causa justificada comenzaron a agredirla con patadas y rasguños en distintas partes de su cuerpo, cayendo al suelo la víctima, concurriendo personal policial al lugar. XHSXXXKBMXS Ignacio Andres Adana Juri Juez de garantía Fecha: 04/08/2022 12:37:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl A raíz de la agresión la víctima resultó con lesiones clínicamente leves, consistentes en “lesiones de tipo escoriación, lineales, en frente, bajo ojo izquierdo y labio inferior derecho, sin solución de continuidad, sin sangrado activo, superficiales, que concuerdan con relato; golpes en abdomen, sin lesiones visibles”, según el DAU N° 3942391, emanado del Hospital Jana Ross de Edwards de Peñablanca.” (La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal resuelve que en atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, ya que no se presentó la prueba de cargo a declarar, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 340 y 297 del Código Procesal Penal. En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal, es que

Fallo

por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 340, 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Que se absuelve a GHYLARY JHASMARI GONZÁLEZ PEREIRA y LUIS MASIMILIANO GALLARDO VIDAL. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente XHSXXXKBMXS Ignacio Andres Adana Juri Juez de garantía Fecha: 04/08/2022 12:37:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl por haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito la víctima. III.- A partir de esta fecha quedan sin efecto las todas las medidas cautelares decretadas en contra de la encausada.-debiendo oficiar a quien corresponda informando que a contar de hoy quedan sin efecto. Archívese por afinada Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. XHSXXXKBMXS Ignacio Andres Adana Juri Juez de garantía Fecha: 04/08/2022 12:37:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP:/

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C/ GHYLARY JHASMARI GONZÁLEZ PEREIRA y LUIS MASIMILIANO GALLARDO VIDAL. DELITO: LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC N°2100810622-0. Rit N°2729-2021. Villa Alemana, tres de agosto de dos mil veintidós.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento sim

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