Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

C/ MARÍA CECILIA MATUS HERNÁNDEZ

Rol

O-8-2021

Fecha

3 de agosto de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que el día veinticinco de julio pasado, ante esta segunda sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talca se llevó a efecto, a través de videoconferencia, la audiencia de juicio oral para conocer la acusación fiscal dirigida contra MARÍA CECILIA MATUS HERNÁNDEZ, cédula de Identidad número 15.136.257-5, soltera, técnica de alimentación, se desempeña en un departamento de Recursos Humanos, con estudios de enseñanza media completa, nacida en Talca el día 3 de noviembre de 1982, de treinta y nueve años de edad, con domicilio en calle Puertas del Sur, Río Yelcho con Puerto Aysén N°1635, comuna de Maule y en Saltos del Laja, ex Ruta 5 Sur, sin número, cabaña N°12, Montemalal, al norte de Los Ángeles, asistida por el defensor penal privado, don Hernán Fuentes Cubillos, con domicilio registrado en la carpeta judicial. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto, Marcelo Albornoz Troncoso, con domicilio también registrado en carpeta virtual.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación relativa a los hechos efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según el auto de apertura, es del siguiente tenor: Con fecha 26 de junio de 2019, aproximadamente a las 13:40 horas la acusada MARÍA CECILIA MATUS HERNÁNDEZ salió de su domicilio ubicado en calle 22 Poniente con 26 ½ Sur N° 480 de la Villa Doña Florencia de Talca, procediendo subirse y conducir su vehículo marca Chevrolet, Placa Patente Única CKJG-67, el que se encontraba en la vía pública, conducción que realizó encontrándose en esos momentos en estado de ebriedad y al realizar una maniobra de retroceso procedió chocar la reja del inmueble de la misma calle señalado con el número 486 y de propiedad de la víctima GISSELA MACARENA GONZÁLEZ OSSES, causando daños tanto en la estructura como en el motor de cierre automático, daños que fueron evaluados por la víctima en la suma de $90.000. Al lugar llegó Carabineros quienes constataron el estado de ebriedad de la imputada y los daños causados, trasladándola Código: XSWXXYLHMR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl al consultorio local donde se le practicó la alcoholemia de rigor la que arrojó un resultado de 1,99 gramos por mil de alcohol en sangre. Se hace presente además que la imputada conducía con su licencia de conducir suspendida, según resolución de fecha 8 de junio de 2018 en casa RUC 1800005871-4, RIT 1499-2018 del Juzgado de Garantía de Talca. Se indica por el Ministerio Público que los hechos antes descritos son constitutivos del delito de conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y con licencia de conducir suspendida, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con los artículo 110, 111 y 209 de la Ley 18.290 de Tránsito, atribuyéndole a la acusada participación en calidad de autora del mismo, que estima el Ministerio Público se encuentra en grado de desarrollo consumado. Agrega el órgano persecutor que a la acusada Matus Hernández le favorece la circunstancia atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal y solicita en la acusación que se le imponga la pena de ochocientos dieciocho días de presidio menor en su grado medio y multa de 10 unidades tributarias mensuales; además de la suspensión de su licencia de conducir por el término de dos años, más la accesoria general contemplada en el artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Que en su alegato de apertura el representante del Ministerio Público manifestó que acreditará más allá de toda duda razonable los hechos de la acusación, referidos a conducción en estado de ebriedad, causando daños. Declarará la víctima doña Gissela González y una testigo civil también vecina, quienes se percataron de la conducción en estado de ebriedad y de los daños causados en el domicilio de Gissela González. Declararán dos fun

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°6, 14 N°1, 15 N°1, 18, 30, 50, 67, 69 y 70 del Código Penal; artículos 110, 196 y 209 de la Ley de Tránsito Nº18.290; artículos 1 y 4 de la Ley 18.216, artículos 1, 45, 47, 295, 296, 297, 315, 329, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que SE CONDENA a MARÍA CECILIA MATUS HERNÁNDEZ, ya individualizada como autora del delito consumado de conducción de un vehículo motorizado en estado de ebriedad, con resultado de daños, con licencia de conducir suspendida, perpetrado en Talca el día 26 de junio de 2019, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO; al pago de una multa a beneficio fiscal equivalente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES; a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA PARA CONDUCIR VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA POR EL LAPSO DE DOS AÑOS, y; a la accesoria de Código: XSWXXYLHMR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo que dure la condena. II.- Que, reuniéndose en la especie, los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley N° 18.216, se concede a la sentenciada la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeta al control administrativo de Gendarmería de Chile, por el mismo periodo de la pena corporal y cumplir las condiciones que establece el artículo 5 de la Ley 18.216

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Talca, tres de agosto de dos mil veintidós VISTO: Que el día veinticinco de julio pasado, ante esta segunda sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talca se llevó a efecto, a través de videoconferencia, la audiencia de juicio oral para conocer la acusación fiscal dirigida contra MARÍA CECILIA MATUS HERNÁNDEZ, cédula de Identidad número 15.136.257-5, soltera, técnica de alimentación, se desempeña en

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