CAT ADMINISTRADORA DE TARJETA S.A./BAUERLE
Rol
C-8289-2019
Fecha
27 de febrero de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos en la parte expositiva del fallo, do a Dominique Alejandra Jara Zanni, en representaci n de ñ ó CAT Administradora de Tarjetas S.A., representada legalmente por don Eulogio Guzm ná Llona, solicit y obtuvo se despachara mandamiento de ejecuci n y embargo enó ó contra de don Patricio Cristian Bauerle del Villar, por la suma de $17.911.571.-. La ejecutante es actual due a y leg tima tenedora, del pagar a la ordenñ í é n mero ú 3277217, por la suma de $17.911.571.-, con vencimiento el 14 de diciembre de 2018. Dicho pagar é fue suscrito en representaci n del deudor, el d aó í 14 de diciembre de 2018, por Daniel Alejandro Duarte Cuervo, actuando por Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., tambi n CAT S.A. y/o ACC S.A., ené virtud de un mandato otorgado al efecto por el referido deudor. El mencionado pagar no é fue pagado a la fecha de su vencimiento, raz nó por la cual el deudor ya individualizado adeuda a la ejecutante la suma antes se alada, devengando adem s el m ximo de inter s convencional que la ley permiteñ á á é estipular para operaciones de cr dito de dinero no reajustables en moneda nacional,é por todo el per odo de la mora o simple atraso, m s las costas.í á La obligaci n ó es l quida, actualmente exigible en su totalidad conforme a loí pactado, la acci n ejecutiva no se encuentra prescrita y, la firma del suscriptor deló pagar se encuentra autorizada ante Notario P blico conforme a lo establecido ené ú el art culo 434 Nº4 del C digo de Procedimiento Civil, lo que constituye t tuloí ó í ejecutivo respecto al mismo. SEGUNDO: Que, notificado y requerido legalmente de pago el ejecutado, opuso a la ejecuci n las excepciones de los n meros 2, 7, 14 y 11 del art culo 464ó ú í del C digo de Procedimiento Civil.ó TERCERO: Que, el deudor opone como primera excepci n la del numeral 2ó del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, es decir, la falta de capacidadí ó del demandante o de personer a o de representaci n legal del que comparezca ení
Fundamentos
considerando anterior. SEPTIMO: Que, en consecuencia, habr de ordenarse alzar la presenteá ejecuci n seguida en contra de la demandada.ó
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, y se recibi la causa a prueba, constando en autos s lo la documental deó ó la demandante acompa ada a la demanda.ñ Con fecha 31 de enero de 2020, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, reproduciendo los hechos descritos en la parte expositiva del fallo, do a Dominique Alejandra Jara Zanni, en representaci n de ñ ó CAT Administradora de Tarjetas S.A., representada legalmente por don Eulogio Guzm ná Llona, solicit y obtuvo se despachara mandamiento de ejecuci n y embargo enó ó contra de don Patricio Cristian Bauerle del Villar, por la suma de $17.911.571.-. La ejecutante es actual due a y leg tima tenedora, del pagar a la ordenñ í é n mero ú 3277217, por la suma de $17.911.571.-, con vencimiento el 14 de diciembre de 2018. Dicho pagar é fue suscrito en representaci n del deudor, el d aó í 14 de diciembre de 2018, por Daniel Alejandro Duarte Cuervo, actuando por Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., tambi n CAT S.A. y/o ACC S.A., ené virtud de un mandato otorgado al efecto por el referido deudor. El mencionado pagar no é fue pagado a la fecha de su vencimiento, raz nó por la cual el deudor ya individualizado adeuda a la ejecutante la suma antes se alada, devengando adem s el m ximo de inter s convencional que la ley permiteñ á á é estipular para operaciones de cr dito de dinero no reajustables en moneda nacional,é por todo el per odo de la mora o simple atraso, m s las costas.í á La obligac
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FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-8289-2019 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETA S.A./BAUERLE Santiago, veintisiete de Febrero de dos mil veinte VISTOS. Comparece con fecha 6 de marzo de 2019, do a ñ DOMINIQUE ALEXANDRA JARA ZANNI, abogada, domiciliada en calle Mac Iver 225, piso 16, Santiago, en representaci n de ó CAT Admin
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