27º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SANTANDER - CHILE/LÓPEZ

Rol

C-3125-2019

Fecha

2 de marzo de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Francisco Sotta Benapres, abogado, en representaci n de BANCO SANTANDER CHILE S.A., cuyo representanteó legal es don Miguel Arturo Mata Huerta, ingeniero comercial, todos con domicilio para estos efectos en bandera 140, comuna de Santiago, deduciendo demanda ejecutiva en contra de don JOAQU N L PEZÍ Ó ULLOA, cuya profesi n u oficio ignora, domiciliado en Abd n Cifuentesó ó 255, dpto. 1104, comuna de Santiago, a fin de que se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $19.602.108, m só á gastos de protesto, con reajustes e intereses, ordenando seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer a su representado entero y cumplido pago de lasó cantidades indicadas, con las costas del juicio. Funda su demanda en que su representado es due o del Pagar Nñ é ° 650031297847, suscrito el 17 de mayo de 2018 por la suma de $20.320.218, con un inter s de 0,90% mensual, que se oblig a pagar en 58 cuotasé ó mensuales iguales y sucesivas de $448.714, con vencimiento el 3 de julio de 2018 y las restantes los d as 3 de los d as siguientes y una ltima cuota deí í ú $448.714, con vencimiento el 3 de mayo de 2023. Se liber al tenedor de laó obligaci n de protesto.ó Indica que en el pagar se estipul que la falta de pago de cualquieraé ó de las cuotas en la que se dividi el pago de la deuda o de sus reajustes eó intereses dar a derecho al acreedor para exigir la totalidad de ellas y susí reajustes e intereses, consider ndose ipso facto la obligaci n como de plazoá ó vencido, caso en el cual se devengar el inter s m ximo convencional paraá é á operaciones de cr dito en dinero en moneda nacional reajustables que la leyé permite estipular, hasta su plazo efectivo. Es del caso que el deudor s lo pag 3 de las 59 cuotas pactadas,ó ó constituy ndose en mora a contar de la cuota N 4 con vencimiento el 3 deé ° octubre de 2018 y siguientes, por lo que el capital adeudado asciende a $19.602.108, m s intereses, reajustes y costas desde la fecha de venci

Fundamentos

fundamentos de derecho invoca los art culos 434 y siguientesí del C digo de Procedimiento Civil.ó Con fecha 25 de abril de 2019, cumpliendo lo ordenado, el ejecutante rectifica su demanda, en cuanto a que el capital adeudado asciende a $19.269.171, suma por la que solicita se despache mandamiento de ejecuci n y embargo, m s gastos de protesto, reajuste e intereses.ó á Con fecha 30 de julio de 2019 se notific la demanda al demandadoó en conformidad al art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Con fecha 5 de agosto de 2019 el ejecutado opuso las excepciones de los n meros 2, 4, 7, 11 y 14 del C digo de Procedimiento Civil, solicitandoú ó someterlas a tramitaci n y acoger una o m s de ellas, negando lugar a laó á ejecuci n, con costas.ó El ejecutante no evacu el traslado conferido.ó

Fallo

Se declararon admisibles las excepciones opuestas y las recibi aó prueba, rindi ndose la que consta en autos.é Estando el proceso en estado, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO.- PRIMERO: Que con el Pagar N 650031297847 a la orden del Bancoé ° Santander Chile, legalmente acompa ado a los autos y no objetado deñ contrario, se acredita la existencia de la obligaci n que se cobra en esteó juicio. SEGUNDO: Que, en primer lugar la ejecutada opuso la excepci n del Nó ° 2 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es la falta deí ó capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del queí ó comparezca en su nombre y la basa en que la demandante funda su personer a en un mandato judicial que en momento alguno ha sidoí acompa ado al proceso en virtud del cual su parte no cuenta con elñ convencimiento irrevocable de que dicha personer a existe, o que de existirí se encuentra vigente. Agrega que el mandato de representaci n esó esencialmente revocable, por lo que es imperante la constancia de vigencia en el proceso. TERCERO: Que con el documento legalmente acompa ado a los autos yñ no objetado de contrario, consistente en copia autorizada del mandato judicial otorgado por el Banco Santander a Sotta y Compa a Limitada, deñí fecha 14 de febrero de 2018 en la Notar a de Santiago de don Cosmeí Fernando Gomila Gatica se acredita que don Miguel Arturo Mata Huerta, en su calidad de gerente general subrogante de Banco Santander Chile, seg n costa de

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C-3125-2019 Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3125-2019 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/L PEZÓ Santiago, dos de Marzo de dos mil veinte VISTOS: Comparece don Francisco Sotta Benapres, abogado, en representaci n de BANCO SANTANDER CHILE S.A., cuyo representanteó legal es don Miguel Arturo Mata Huerta, ingeniero comercia

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