FLORA DE LAS MERCEDES TAPIA TAPIA C/ FERMÍN MARCELO RETAMAL ARIAS
Rol
O-582-2021
Fecha
1 de agosto de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: “El día 28/03/2021 a las 21:15 horas aproximadamente el imputado FERMÍN MARCELO RETAMAL ARIAS conducía la motocicleta marca Yamaha, modelo XC-100, PPU VK- 0124, por la Ruta L-831,a la altura del km 3, Parral, al igual que el imputado JORGE EDUARDO ORTEGA MÉNDEZ, quien conducía una bicicleta azul sin marca, momento en el cual colisionan ambos con una camioneta de la cual se desconocen mayores antecedentes, concurriendo hasta el lugar personal policial quienes constatan que ambos imputados se encontraban en evidente estado de ebriedad por lo cual proceden a realizar la prueba respiratoria que arrojó como resultado 2,17 gramos de alcohol por litro en la sangre respecto de Jorge Ortega Mendez y posteriormente el informe de alcoholemia señaló que este conducía con 2,51 gramos de alcohol por litro en la sangre y respecto de Fermín Retamal Arias el examen de la prueba respiratoria arrojó como resultado 1,78 gramos de alcohol por litro en la sangre y posteriormente el informe de alcoholemia indica un resultado de 2,29 gramos de alcohol por litro en la sangre. A su vez también, se hace presente que ambos imputados no cuentan con licencias de conducir y también funcionarios policiales constataron que la motocicleta que manejaba el imputado Fermín Retamal Arias, ya individualizada, mantenía un encargo vigente por robo a raíz del parte policial N° 1094 de fecha 03/11/2012 de Subcomisaria Salamanca, 4° Comisaría Illapel, cuya propietaria es Flora Tapia Tapia, conociendo de esta forma o no pudiendo menos que conocer el imputado el origen ilícito de esta motocicleta”. PARRAL, uno de agosto de dos mil veintidós. XZVEXXVVDRQ Rodrigo Andrés Fuentes Flores Juez de garantía Fecha: 02/08/2022 08:59:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R e
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a FERMÍN MARCELO RETAMAL ARIAS, ya individualizado, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, cometido en jurisdicción de este juzgado el día 28/03/2021 a sufrir una pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa ascendente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS II.- Que se condena a FERMÍN MARCELO RETAMAL ARIAS, ya individualizado, como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, cometido en jurisdicción de este juzgado, el día 28/03/2021 a sufrir una pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a una multa equivalente al avalúo del vehículo de $271.613 III.- Que, por reunir los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del centro de reinserción social de Gendarmería de Chile que corresponda, por el lapso de 602 DÍAS, debiendo además cumplir durante el período de control con las condiciones del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse ante el CCP de Parral, dentro del plazo de cinco días contados desde que la presente sentencia quede fir
Texto Completo (Preview)
RUC N° : 2100294491-7 RIT N° : 582 - 2021 PROCEDIMIENTO : Abreviado DELITO : Conducción en estado de ebriedad. GRADO EJECUCIÓN : Consumado DELITO : Receptación vehículo motorizado. GRADO EJECUCIÓN : Consumado IMPUTADO : FERMÍN MARCELO RETAMAL ARIAS. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0009847176-6 DOMICILIO : Sector Monte El Manzano S/N, Parral.. PARTICIPACIÓN : Autor (Art. 15 N° 1 Código Penal). CIRCUNSTANCIAS
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