VICENCIO/SOCIEDAD CONSTRUCTORA JORGE ORELLANA LAVANDEROS SPA Y OTRO
Rol
M-1106-2020
Fecha
17 de agosto de 2021
Materia
Costas, Feriado proporcional, Horas extras, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar son los siguientes: 1. Procedencia, periodos y montos específicos de las prestaciones que se reclaman en autos (jornada extraordinaria y remuneración del mes de agosto de 2020. 2. Si, en la especie, se cumplen los presupuestos o requisitos que hacen procedente declarar extinguida la acción de cobro de horas extraordinarias, por efecto de la prescripción, como se alega en la contestación de la demandada principal. 3. Si, la demandada, correspondiente al Servicio de Salud Viña del Mar Quillota, ejerció en la especie el derecho de información y de retención, para los efectos de determinar su responsabilidad en relación a las prestaciones que se reclaman en autos( responsabilidad solidaria o subsidiaria, beneficio de excusión) Medios de Prueba.- DEMANDADA PRINCIPAL.- Ofrece, rinde e incorpora: Sociedad Constructora Jorge Orellana Lavanderos SPA. Documental: Previo ofrecimiento a la contraria para su revisión y, tras haberse resuelto las objeciones, los documentos son los siguientes: 1. Contrato de trabajo de fecha 06 de julio de 2020; 2. Anexo de contrato de trabajo de fecha 31 de julio de 2020; 3. Liquidación de remuneraciones de los meses de julio y agosto de 2020; y 4. Registro de asistencia de los meses de julio y agosto de 2020. 5. Documento denominado pacto de horas extra. El Tribunal resuelve: Téngase por ofrecida, rendida e incorporada la prueba documental de la demandad principal, la que se encuentra digitalizada en el expediente virtual. DEMANDADA SOLIDARIA O SUBSIDIARIA.- Ofrece, rinde e incorpora: Servicio de Salud Viña del Mar Quillota.- Documental: Previo ofrecimiento a la contraria para su revisión y, tras haberse resuelto las objeciones, los documentos son los siguientes: 1. Contrato de trabajo y anexo del demandante con la empresa Constructora Orellana. 2. Liquidaciones de sueldo del demandante correspondiente a los meses de julio y agosto de 2020. 3. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de la empr
Fundamentos
CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia. Se deja constancia que, el registro íntegro de la sentencia, se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema.
Fallo
Por estas consideraciones y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1698 del Código Civil 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12, 30 y sgtes, 41 y sgtes., 73, a 159 N°4, 172, 173, 420, 446 y sgtes., 496 y sgtes., todos del Código del Trabajo, artículo 8° de la ley N°21.226, disposiciones del Decreto Ley N°3.500 y, demás normas legales aplicables en la especie, SE DECLARA: I. Que, se rechaza la excepción de prescripción de horas extraordinarias opuestas por la demandada principal. II. Que, se rechaza la excepción de beneficio de excusión opuesta por la demandada solidaria o subsidiaria. III. Que, se acoge la demanda deducida por don JORGE LUIS VICENCIO CONCHA en contra de su ex empleadora la SOCIEDAD CONSTRUCTORA JORGE ORELLANA LAVANDEROS SPA representada por don FERNANDO ORELLANA LAVANDEROS y, en contra del SERVICIO DE SALUD DE VIÑA DEL MAR QUILLOTA, representado por don ALFREDO MOLINA NAVES, todos ya individualizados y, se condena a ambos demandados a pagar solidariamente al demandante la suma de $55.300, por concepto de feriado proporcional, la suma de $295.000, por concepto de horas extraordinarias y, la suma de $24.532, por concepto de un día que prestó servicios en el mes de agosto de 2020. IV. Que, a las sumas anteriormente indicadas, se le deberán aplicar los intereses y reajustes legales. V. Que, se libera de las costas a la demandada solidaria, Servicio de Salud de Viña del Mar Quillota y, se condena en costas a la demandada principal, correspondiente a la Sociedad
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Valparaíso, martes, 10 de agosto de 2021 RUC 20-4-0312104-6 RIT M-1106 - 2020 MAGISTRADO Juan Tudela Jiménez ADMINISTRATIVO DE ACTAS Diego Velasco Sánchez HORA DE INICIO 11:39 Horas.- HORA DE TERMINO 14:41 Horas.- SALA DE AUDIENCIA Sala Virtual N° 5 Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0312104-6-133
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