1º Juzgado Civil de Santiago

VARGAS/

Rol

V-7-2020

Fecha

26 de febrero de 2020

Materia

NUPCIAS, AUTORIZACIÓN CONTRAER SEGUNDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Consta de la carpeta electr nica que comparece do a ó ñ GISELA PRISCILA VARGAS MU OZÑ , chilena, empleada, c dula de identidadé N 13.264.737-2, domiciliada en Canal Las Mercedes N 2027, de la° ° comuna de Maip , solicitando autorizaci n para contraer Segundasú ó Nupcias. Que, conforme a la documentaci n acompa ada, la solicitante seó ñ encontraba casada con don Frank Castor Gonz lez Alfaro, c dula deá é identidad N 10.908.925-7, matrimonio que fuera terminado por sentencia° ejecutoriada del Juzgado de Familia de La Serena, en causa rol C-890-2019, subinscrito con fecha 17 de diciembre de 2019. Que, la solicitante acompa certificado m dico de fecha 21 de diciembreñó é de 2019, emitido por el M dico Ginec logo Obstetra don Roberto Cadima,é ó el cual certifica que la solicitante no se encuentra embarazada. Que, a folio 7 con fecha 13 de febrero de 2020, se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO : PRIMERO: Que, compareci do a ó ñ GISELA PRISCILA VARGAS MU OZÑ , c dula de identidad N 13.264.737-2, solicitando Autorizaci né ° ó para contraer Segundas Nupcias, fundando su acci n en que de acuerdo aó la certificaci n estampada en su certificado de matrimonio, se encuentraó debidamente inscrito su divorcio vincular con don Frank Castor Gonz lezá Alfaro, el cual fue dictado por sentencia ejecutoriada del Juzgado de Familia de La Serena. Foja: 1 Se ala que, es su deseo contraer segundas nupcias antes del plazoñ establecido en el art culo 128 del C digo Civil, pues indica no tenerí ó impedimento alguno para hacerlo, debido a que no se encuentra embarazada de acuerdo a la prueba documental que apareja al proceso, por lo que solicita se le conceda la autorizaci n correspondiente para contraeró matrimonio, teni ndose presente las citas legales establecidas en los art culosé í 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil; y art culo 59 de la leyó í 19.947. SEGUNDO: Que, el inciso primero del art culo 128 del C digo Civil,í ó prescribe a la letra que Cuando un matrimonio haya sido disuelto o“ declarado nulo, la mujer que est embarazada no podr pasar a otrasá á nupcias antes del parto, o (no habiendo se ales de pre ez) antes deñ ñ cumplirse los doscientos setenta d as subsiguientes a la disoluci n oí ó declaraci n de nulidad . Que, a la fecha de la solicitud de autos (09 deó ” enero de 2020), a n no hab a transcurrido el plazo de 270 d as previsto enú í í la disposici n aludida, el que habr a de contarse desde el d aó í í 18 de noviembre de 2019. TERCERO: Que, teniendo presente el m rito de los documentosé aparejados por la solicitante, unido adem s, al informe m dico adjunto losá é que representan medios de prueba legalmente constituida, cuyo m ritoé permiten establecer al Tribunal que la solicitante no se encuentra dentro de las hip tesis contenidas en el Libro I, T tulo IV, del C digo Civil permitenó í ó concluir que do a ñ GISELA PRISCILA VARGAS MU OZÑ , cumpliendo con ello, con los requisitos que ha establecido el legislador para acceder a la autorizaci n de segundas nupcias. ó Y, de conformidad a lo dispuesto en los art culos 128 y siguientes delí C digo Civil, art culo 30 del D.F.L 2128, y art culo 817 y siguientes deló í í C digo de Procedimiento Civil:ó

Fallo

SE DECLARA: I. Que ha lugar a la solicitud de autorizaci n para contraeró segundas nupcias por do a Gisela Priscila Vargas Mu oz.ñ ñ II. Notif quese, Reg strese y arch vese en su oportunidad.í í í DICTADA POR WILSON EDUARDO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, JUEZ SUPLENTE, AUTORIZADA POR DON NESTOR GUILLERMO AILLAPAN COLILEF, SECRETARIO SUBROGANTE. Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintis is de Febrero de dos mil veinte é Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-26T15:47:42-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-7-2020 CARATULADO : VARGAS/ Santiago, veintis is de Febrero de dos mil veinte é VISTOS: Consta de la carpeta electr nica que comparece do a ó ñ GISELA PRISCILA VARGAS MU OZÑ , chilena, empleada, c dula de identidadé N 13.264.737-2, domiciliada en Canal Las Mercedes N 2027, de la° ° comuna de

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