Juzgado de Letras y Gar. de Taltal

BARROS/

Rol

V-1295-2019

Fecha

26 de febrero de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 09 de Septiembre de 2.019, comparece don WINSTON ALBURQUENQUE TRONCOSO, cédula de identidad número 10.238.274-9, chileno, casado, abogado, en representación de CRISTIÁN EDMUNDO BARROS RAMÍREZ, chileno, casado, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad Nº6.374.261-9, ambos con domicilio en Badajoz 45, piso 8, comuna de Las Condes, Santiago; quien solicita una concesión de exploración minera de una superficie total de 1.200 hectáreas, a las que denominó “JANIS 7”, cuyo punto medio se sitúa en la Comuna de Taltal, Provincia de Antofagasta, Segunda Región, teniendo las siguientes coordenadas: U.T.M. Norte 7.241.500,00 metros y Este 422.000,00 metros. SEGUNDO: Que, con fecha 26 de Noviembre de 2019, se acompañan los documentos respectivos que dan cuenta que dicho pedimento minero se encuentra inscrito a fojas 3352 N° 1800, repertorio N°1935-2019 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, de fecha 10 de Septiembre de 2019; publicándose el mismo, en el Boletín Oficial de Minería N° 42.471 de fecha 07 de Octubre de 2019. TERCERO: Que, con fecha 26 de Noviembre de 2019, se acompaña comprobante de pago de la tasa fiscal de pedimento, con timbre del Banco Santander de fecha 09 de Octubre del año 2019. Con la misma fecha, se acompaña formulario de pago de patente de concesión de exploración, con timbre del Banco Santander, de fecha 26 de Noviembre del mismo año. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido norte-sur, por 4.000 metros en sentido este-oeste, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas U.T.M.: VÉRTICES NORTE (metros) ESTE (metros) P.M. 7.241.500.00 422.000,00 V1 7.243.000,00 420.000,00 V2 7.243.000,00 424.000,00 V3 7.240.000,00 424.000,00 V4 7.240.000,00 420.000,00 QUINTO: Que, con fecha 29 de Enero de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería de Antofagasta, emite el Ordinario N°0785, informe que es recepcionado por parte del Tribunal con fecha 31 de Enero de 2020, consignando en él, que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. Agrega el referido informe, que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. Es preciso señalar además, que con anterioridad a dicha fecha, el SERNAGEOMIN emitió un informe dando cuenta de observaciones técnicas a la solicitud de concesión de exploración, las que fueron puestas en conocimiento del interesado y debidamente subsanadas por el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 57 del Código de Minería. SEXTO: Que, con fecha 31 de Enero de 2020, la presente causa queda en estado de fallarse. Por lo señalado precedentemente y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes; y, 55, 57, 85, 87 y 89 del Código de Minería,

Fallo

se resuelve: I.- Que se aprueba el plano y se declara CONSTITUIDA la concesión de exploración minera denominada “JANIS 7”, sobre una superficie total de 1.200 hectáreas, ubicada en la Comuna de Taltal, Provincia y Región de Antofagasta, solicitada por don WINSTON ALBURQUENQUE TRONCOSO, cédula de identidad número 10.238.274-9, chileno, casado, abogado, en representación de Cristián Edmundo Barros Ramírez, chileno, casado, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad Nº6.374.261-9, ambos con domicilio en Badajoz 45, piso 8, comuna de Las Condes, Santiago II.- Publíquese esta sentencia en extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería. III.- Inscríbase la presente sentencia conforme lo dispone el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Taltal. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl; Consulta unificada de causas; Sección consulta causas civiles, ó http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB/ para su respectiva publicación. http://www.poderjudicial.cl/ http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB/ Archívese un ejemplar

Texto Completo (Preview)

FOJA: 17 .- diecisiete.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-1295-2019 CARATULADO : BARROS/ MATERIA : PEDIMENTO MINERO (COD P02M) NOMBRE : “JANIS 7” FECHA DE INGRESO : 09 DE SEPTIEMBRE DE 2019 FECHA DE A.P.F : 31 DE ENERO DE 2020 Taltal, veintiséis de Febrero de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 09 de Septiembre de

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