MONICA ISABEL ANDRADE VILCHEZ C/ ALFONSO ISRAEL GONZÁLEZ BELTRÁN
Rol
O-115-2020
Fecha
29 de julio de 2022
Materia
MALTRATO HABITUAL (VIF) ART. 14 LEY 20.066.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Que el día 16 de mayo de 2018 el Tribunal de Familia de Talcahuano, en causa RIT F-379-2018 conoce de una denuncia presentada por la denunciante Mónica Isabel Andrade Vilches, en contra de su cónyuge, el imputado Alfonso Israel González Beltrán, quien señala que este último la maltrata, existiendo un ejercicio habitual de violencia tanto física como psicológica y su proximidad en el tiempo, por lo cual el Tribunal de Familia decide remitir los antecedentes a esta Fiscalía. Posteriormente, en declaración prestada por la víctima, señala que durante su relación conyugal, ha recibido constantes malos tratos, viviendo en la comuna de Cabrero, señalando especialmente los siguientes hechos: “El día 16 de febrero de 2018, tuvimos una discusión por las cuentas de la casa, él se enojó me empujó contra la muralla apoyó una mano en la pared y con la otra golpeó la muralla cerca de mi cara y me dijo “crees que te mandas sola, yo soy el que te mando, yo soy el que te mantengo”, yo me intento escapar y él me toma por la espalda de mi pelo me tira hacia él, me obliga a que me cambie de ropa mientras me sigue insultando diciéndome cosas como “crees que te mandas sola yo te mantengo, pagué por ti, eres guano humano, la puerta es ancha si estás aburrida”. El día 11 de mayo de 2018 antes de irse de viaje a Concepción, tuvimos una discusión debido a que él no me dejaba salir de la casa ni tampoco acompañarlo para aprovechar de ver a mi familia allá, él me “tengo que salir, tienes que hacer las cosas de la casa, pobre de ti que te movai de aquí concha de tu madre”. El año nuevo, recibiendo el 2018 estábamos solo los 2 en la casa, acostados antes de las 12 yo le pedía que me dejara ir a Dichato a ver a mis hermanos y él no me dejaba, me decía que él mandaba en la casa, yo soy tu dueño concha de tu madre” Código: LZXFXBXQTXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Señala el Ministerio Público, que los hechos descrito
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se presentó por la Fiscalía Local de Yumbel, requerimiento en procedimiento simplificado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, realizándose con fecha 19 de julio del año en curso, la respectiva audiencia de juicio oral simplificado efectivo, en la que intervienen el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto, Jorge Sandoval Manríquez y el requerido, ALFONSO ISRAEL GONZALEZ BELTRAN, cédula nacional de identidad Nº 14.449.192-0, no indica profesión u oficio, domiciliado en Parcela Santa Juana S/Nº, comuna de Cabrero, legalmente representado y asistido por el Defensor Penal Público, Elibiel Salcedo Alarcón. SEGUNDO: Que el requerimiento del Ministerio Público, se basa en los siguientes hechos: “Que el día 16 de mayo de 2018 el Tribunal de Familia de Talcahuano, en causa RIT F-379-2018 conoce de una denuncia presentada por la denunciante Mónica Isabel Andrade Vilches, en contra de su cónyuge, el imputado Alfonso Israel González Beltrán, quien señala que este último la maltrata, existiendo un ejercicio habitual de violencia tanto física como psicológica y su proximidad en el tiempo, por lo cual el Tribunal de Familia decide remitir los antecedentes a esta Fiscalía. Posteriormente, en declaración prestada por la víctima, señala que durante su relación conyugal, ha recibido constantes malos tratos, viviendo en la comuna de Cabrero, señalando especialmente los siguientes hechos: “El día 16 de febrero de 2018, tuvimos una discusión por las cuentas de la casa, él se enojó me empujó contra la muralla apoyó una mano en la pared y con la otra golpeó la muralla cerca de mi cara y me dijo “crees que te mandas sola, yo soy el que te mando, yo soy el que te mantengo”, yo me intento escapar y él me toma por la espalda de mi pelo me tira hacia él, me obliga a que me cambie de ropa mientras me sigue insultando diciéndome cosas como “crees que te mandas sola yo te mantengo, pagué por ti, eres guano humano, la puerta es ancha si estás aburrida”. El día 11 de mayo de 2018 antes de irse de viaje a Concepción, tuvimos una discusión debido a que él no me dejaba salir de la casa ni tampoco acompañarlo para aprovechar de ver a mi familia allá, él me “tengo que salir, tienes que hacer las cosas de la casa, pobre de ti que te movai de aquí concha de tu madre”. El año nuevo, recibiendo el 2018 estábamos solo los 2 en la casa, acostados antes de las 12 yo le pedía que me dejara ir a Dichato a ver a mis hermanos y él no me dejaba, me decía que él mandaba en la casa, yo soy tu dueño concha de tu madre” Código: LZXFXBXQTXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Señala el Ministerio Público, que los hechos descritos son constitutivos del delito de Maltrato Habitual, previsto y sancionado en el artículo 14 de la Ley Nº 20.066, el cual se encuentra en grado de desarrollo consumado, atribuyéndole al imputado participación en ca
Fallo
se declara: Código: LZXFXBXQTXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que se ABSUELVE a ALFONSO ISRAEL GONZALEZ BELTRAN, cédula nacional de identidad Nº 14.449.192-0, ya individualizado, de los cargos que le ha formulado el Ministerio Público en su requerimiento, mediante el cual le había imputado participación en calidad de autor, del delito consumado de maltrato habitual. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público, por estimar que ha litigado con fundamento plausible, en el cumplimiento de sus funciones y obligaciones legales. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RIT 11 - RUC 19 49 7 -4 Dictada por doña Macarena Bobadilla García, Juez Titular del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Cabrero. Código: LZXFXBXQTXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-20T08:14:20-0300
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Cabrero, veintinueve de julio de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se presentó por la Fiscalía Local de Yumbel, requerimiento en procedimiento simplificado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, realizándose con fecha 19 de julio del año en curso, la respectiva audiencia de juicio oral simplificado efectivo, en la qu
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