MP C/ JAVIER HERNÁN ADASME ARCOS
Rol
O-4019-2022
Fecha
28 de julio de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día de julio del año , a las 6: horas aproximadamente, en la vía pública, en la intersección de calle Lincoyán con pasaje Rapa Nui, comuna de La Serena, el imputado fue sorprendido por funcionarios de Carabineros de Chile, portando un cuchillo de treinta y cuatro centímetros de largo y trece centímetros de empuñadura, sin justificar razonablemente su porte”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los
Fundamentos
considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° - - - - - - - en virtud del artículo del Código Procesal Penal. VISTOS Y CONSIDERANDO: Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos , 3, N° , N° , Nº , , , , , , , y bis del Código Penal; , , 3 y siguientes del Código Procesal Penal,
Fallo
se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a JAVIER HERNÁN ADASME ARCOS, cédula nacional de identidad N° 3 - , ya individualizado, al pago de una multa de UN PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: - RIT Nº: - DELITO: Porte ilegal de arma cortante o punzante SENTENCIADO: JAVIER HERNÁN ADASME ARCOS Código: KFJXXXHXFEP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCIO de Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autor de un delito de porte ilegal de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el inciso segundo del artículo bis del Código Penal, en grado consumado, perpetrado en esta comuna, el día veintisiete de julio del año dos mil veintidós. II.- Que, conforme a lo razonado en el motivo octavo de este fallo, la pena pecuniaria impuesta, convertida a la pena de un día de reclusión, se tendrá por cumplida, atendido el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad en esta causa, según consta en esta carpeta judicial. III.- Que, se decreta el comiso del arma blanca incautada, a saber, un arma tipo cuchillo, cuya hoja es de treinta y cuatro centímetros de largo y cuatro centímetros de ancho, y empuñadura de trece centímetros de largo y dos centímetros de ancho; conforme lo previene el artículo 3 del Código Penal, autorizando al Ministerio Público para su destrucción. IV.- Que, SE EXIME al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido su admisión de responsabilidad, que ha liberado a los inte
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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, veintiocho de julio de dos mil veintidós Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Pedro Álvaro Rojas Castro Fiscal Juan Torrejón Silva Defensor Wladimir Robles Santos Imputado Javier Hernán Adasme Arcos, cédula nacional de identidad N° . . - , domiciliado en pasaje John Barnes Nº , sector La Antena, comuna de La Serena. Sala Sala Acta transcriptor Carme
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