ESPINOZA/BANCO DE LESTADO DE CHILE
Rol
C-31673-2019
Fecha
26 de febrero de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don RICARDO GUILLERMO ESPINOZA MOLINA, empleado, domiciliado en calle Hu rfanos N 1373, oficinaé ° 1309, comuna de Santiago, y deduce demanda en juicio ordinario de mayor cuant a en contra del í BANCO ESTADO DE CHILE, del giro de su denominaci n, representado por su Gerente General don Juan Cooperó lvarez, ignora profesi n, ambos domiciliados en Avenida LibertadorÁ ó Bernardo O Higgins N 1111, comuna de Santiago, a fin de que se declare´ ° la prescripci n extintiva de las acciones ejecutivas y ordinarias de queó dispon a esa entidad para ejecutar y cobrar la deuda que contrajo alí suscribir el contrato de Compraventa, Mutuo e hipoteca, y se declare adem s extinguida la misma deuda por prescripci n, decretando comoá ó consecuencia, el alzamiento de las hipotecas inscritas en favor del Banco Estado de Chile, as como de toda prohibici n inscrita en su favor derivadoí ó del contrato de mutuo. Funda su demanda en que por escritura p blica de fecha 30 de junioú de 1997, otorgada ante el Notario P blico don Enrique Tornero Figueroa,ú Banco Estado le otorg en pr stamo por la suma de 280 UF en letras deó é cr dito nominales de la serie AD-06520V1. Agrega que en virtud de esaé escritura se oblig a pagar la suma se alada en el plazo de 233 dividendos,ó ñ contados desde el d a 01 de agosto de 1997, por medio de dividendosí anticipados, mensuales y sucesivos, todos calculados en la forma establecida en la misma escritura de mutuo ya aludida. Que a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contra das en la escritura de mutuo, seí constituy primera hipoteca e hipoteca de segundo grado en favor deló Banco Estado, adem s de establecer prohibici n de enajenar y gravar, sobreá ó C-31673-2019 Foja: 1 el inmueble ubicado en Pasaje Batalla de Maip N 336, Sitio 73, Manzanaú ° G del plano respectivo, comuna de Maip , inscrito a su nombre a fojasú 65.070 N 61.782 del Registro de Propiedad correspondiente al a o 1997,° ñ del Conservador de Bienes Ra ces de Sant
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que comparece don RICARDO GUILLERMO ESPINOZA MOLINA, ya individualizado, y solicita se tenga por interpuesta demanda ordinaria de mayo cuant a de prescripci n extintiva ení ó contra del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, representada por don Juan Cooper lvarez, ya individualizados, se acoja a tramitaci n y enÁ ó definitiva se declare la prescripci n extintiva de las acciones ejecutivas yó ordinarias de que dispon a esa entidad para ejecutar y cobrar la deuda queí contrajo en virtud del contrato de mutuo suscrito con fecha de 30 de junio de 1997 y decretar el alzamiento de: 1.- Hipoteca inscrita a fojas 65325 N° 48205 del Registro de Hipotecas y Grav menes a o 1997 del Conservadorá ñ de Bienes Ra ces de Santiago; 2.- Hipoteca inscrita a fojas 65325 N 48206í ° del Registro de Hipotecas y Grav menes de 1977 del Conservador de bienesá Ra ces de Santiago; 3.- Prohibici n de Enajenar inscrita a fojas 45806 Ní ó ° 41164 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar a o 1977ñ del mismo Conservador. Todo ello con expresa condena en costas en caso de oposici n.ó Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este
Fallo
fallo y que se dan por enteramenteñ reproducidos en este considerando. SEGUNDO.- Que la parte demandada se allan en forma total a laó demanda deducida en su contra, solicitando no se le condenara en costas. TERCERO.- Que a fin de acreditar su pretensi n el demandanteó acompa los siguientes documentos:ñó C-31673-2019 Foja: 1 1.- Resoluci n de fecha 01 de junio de 2015 dictada en la causa Roló C-16488-2005 caratulada Banco del Estado con Espinoza , del 14“ ” ° Juzgado Civil de Santiago, que declara el abandono de procedimiento; 2.- Certificado de fecha 25 de agosto de 2015, dictado en la causa Rol C-16488-2005 caratulada Banco del Estado con Espinoza , del 14“ ” ° Juzgado Civil de Santiago, que se ala que la resoluci n que declarañ ó abandonado el procedimiento de fecha 1 de junio de 2015 se encuentra ejecutoriada. CUARTO.- Que es un hecho de la causa al no existir controversia entre las partes, que la acci n intentada por el actor se trata de laó declaraci n de prescripci n de la acci n cambiaria, y del mutuo de dineroó ó ó contenida en ste.é QUINTO.- Que siendo carga del demandado probar la circunstancia de haberse interrumpido el plazo de prescripci n extintiva, loó que en el caso de marras no ha ocurrido, deber acceder a la demanda ená los t rminos que fue planteada, toda vez que desde la fecha en que seé hicieron exigibles las obligaciones, han transcurrido con creces, a la fecha de notificaci n de la demanda de autos, el plazo de 5 a os. ó ñ SEXTO.- Que no habiendo exi
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C-31673-2019 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-31673-2019 CARATULADO : ESPINOZA/BANCO DE LESTADO DE CHILE Santiago, veintis is de Febrero de dos mil veinte é VISTOS: Comparece don RICARDO GUILLERMO ESPINOZA MOLINA, empleado, domiciliado en calle Hu rfanos N 1373, oficinaé ° 1309, comuna de Santiago, y deduce demanda en juicio ordinario de
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