C/ JUAN DE DIOS VALENZUELA BRAVO
Rol
O-96-2020
Fecha
26 de julio de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que el día veinte de julio del año en curso, ante la sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por doña Cecilia Flores Sanhueza, en calidad de Juez presidente, don José Manuel Rodríguez Guerra, en calidad de tercer Juez integrante y doña Karen Garrido Saldías, como Juez redactor, se llevó a efecto el Juicio Oral Rol Único de Causa N°1.900.341.846-7, Rol Interno del Tribunal N°96-2020, seguido en contra de Juan De Dios Valenzuela Bravo, cédula de identidad Nº9.858.730-6, nacido en Santiago el 2 de marzo de 1964, de 58 años, casado, trabajador de la construcción, domiciliado en pasaje Paseo Las Mandarinas N°3750, departamento 17, villa Santa Teresa, comuna de La Florida. Sostuvo la acusación el Fiscal del Ministerio Público señor Claudio Parra Riquelme y la Defensa estuvo a cargo del Defensor Penal Público señor Ian Videka Carreño.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Ministerio Público, según se lee en el auto de apertura del Juicio Oral, fundó la acusación en los siguientes hechos: “El día 30 de Marzo de 2019, aproximadamente a las 13:20 horas, en circunstancias que el acusado JUAN DE DIOS VALENZUELA BRAVO, conducía en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir, el vehículo placa patente única FZ.9278, en la intersección Código: XRLXXXRXLXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CECILIA DEL TRANSITO FLORES SANHUEZA Juez Presidente Fecha: 26/07/2022 18:57:05 JBWXXCMDFX JOSE MANUEL RODRIGUEZ GUERRA Juez Integrante Fecha: 27/07/2022 09:32:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 de Avenida Fernández Albano con Los Tilos, en la comuna de San Ramón, fue fiscalizado por Carabineros, quienes se percataron que éste, conducía en evidente estado de ebriedad, debido a su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, por ese motivo se le realizó la prueba respiratorio alcotest, la cual arrojó un resultado de 2.25 gr/mil de alcohol en la sangre, en una primera oportunidad y 3.05 gr/mil de alcohol en la sangre, en una segunda oportunidad. Practicado el examen de alcoholemia al acusado JUAN DE DIOS VALENZUELA BRAVO, éste arrojó un resultado de 2.97 gr/mil de alcohol en la sangre”. A juicio del Ministerio Público los hechos descritos precedentemente configuran el delito consumado de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, previsto en el artículo 110 y sancionado en el artículo 196, en relación al artículo 209, todos de la Ley 18.290 de Tránsito. En dicho ilícito se atribuye participación en calidad de autor, de acuerdo a lo previsto en el artículo 15 N°1 del Código Penal. Se indicó, además, que respecto del acusado no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y, en definitiva, se solicitó la imposición de la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, multa de diez unidades tributarias mensuales; inhabilitación para obtener licencia de conducir vehículos motorizados por cinco años, más la pena accesoria establecida en el artículo 30 del Código Penal; además del pago de las costas de la causa. En su alegato de apertura el Ministerio Público ratificó el contenido de la acusación, ofreciendo acreditar los fundamentos de hecho de la misma. Finalmente, en su alegato de clausura, indicó que con el mérito de la prueba rendida, se estableció más allá de
Fallo
se acuerda la patente. Iba un poco mareado. No iba rápido. Estaba esperando para doblar para ir a la casa. Fue detenido cerca de San Ramón. Carabineros le pidió los documentos del auto. El sí los tenía. Nunca ha sacado licencia de conducir. No tiene licencia. Los funcionarios lo hicieron bajar y se fue en el carro de policía. Llamaron la grúa. No hubo escándalo porque él sabía que estaba mal. Le dijeron que lo detuvieron porque lo pillaron que iba mareado. Cuando le pidieron los documentos se dieron cuenta que iba con trago. No iba ebrio, iba mareado. Lo llevaron a hacerse la alcoholemia. A su Defensa señaló que esto ocurrió el 30 de marzo de 2019, como a la 1:20. No opuso resistencia a la detención. Ya no quiere conducir. Trabaja en la construcción y el fin de semana pinta autos a la gente que lo conoce. En la construcción ve lo del aseo. CUARTO: Que el Ministerio Público, en orden a acreditar los cargos formulados, se valió de la siguiente prueba: I.-Testimonial: 1.- Raimundo Antonio Palavecino Fernández, funcionario de Carabineros de Chile. 2.- Juan Martínez Mora, funcionario de Carabineros de Chile. Código: XRLXXXRXLXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CECILIA DEL TRANSITO FLORES SANHUEZA Juez Presidente Fecha: 26/07/2022 18:57:05 JBWXXCMDFX JOSE MANUEL RODRIGUEZ GUERRA Juez Integrante Fecha: 27/07/2022 09:32:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADO
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1 R.U.C. N°1.900.341.846-7 R.I.T. N°96-2020 C/ Juan de Dios Valenzuela Bravo Santiago, veintiséis de julio de dos mil veintidós. VISTOS: Que el día veinte de julio del año en curso, ante la sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por doña Cecilia Flores Sanhueza, en calidad de Juez presidente, don José Manuel Rodríguez Guerra, en calidad de tercer Juez integrante
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