2º Juzgado Civil de Rancagua

ARIAS/

Rol

V-348-2019

Fecha

26 de febrero de 2020

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Atendido el m rito de autos; teniendo presente que don Juan Carlosé Arias Pe aloza, presenta un grado de discapacidad Global Severa / 80,00% en elñ Registro Nacional de Discapacidad, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificaci n; y de conformidad con lo dispuesto en el art culo 4° de la Ley N°ó í 18.600, en relaci n al art culo nico de la Ley N° 19.954, se resuelve:ó í ú Que se decreta la interdicci n definitiva por demencia de don Juan Carlosó Arias Pe aloza, Rol nico Nacional 9.986.981-K, domiciliado en Calle Elñ Ú Molino, Sitio N°2, Angostura, comuna de San Francisco de Mostazal, petici nó efectuada por don Mario Enrique Arias Pe aloza, Rol nico Nacional 7.469.615-5,ñ Ú hermano del discapacitado, de su mismo domicilio, nombr ndosele como su curadorá provisorio, atendido lo dispuesto en el art culo 18 bis inciso tercero y cuarto de laí Ley 18.600, que durar mientras permanezca bajo la dependencia y cuidado de laá persona inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad, liber ndolo de laá obligaci n de discernir el cargo y relev ndosele adem s de la obligaci n de prestaró á á ó fianza, sirvi ndole de t tulo la presente resoluci n, sin necesidad de reducirla aé í ó escritura p blica, y relev ndosele adem s de la obligaci n de confeccionarú á á ó inventario solemne, bastando s lo un apunte privado conforme al art culo 380 deló í C digo Civil.ó Inscr base en el Registro del Conservador.í Reg strese y notif quese personalmente o por c dula y arch vese.í í é í Resolvi la juez que suscribe mediante firma electr nica avanzada.ó ó En Rancagua, a veintis isé de febrero de dos mil veinte, notifiqu por el estadoé diario la resoluci n precedente. ó Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pasc

Fallo

se resuelve:ó í ú Que se decreta la interdicci n definitiva por demencia de don Juan Carlosó Arias Pe aloza, Rol nico Nacional 9.986.981-K, domiciliado en Calle Elñ Ú Molino, Sitio N°2, Angostura, comuna de San Francisco de Mostazal, petici nó efectuada por don Mario Enrique Arias Pe aloza, Rol nico Nacional 7.469.615-5,ñ Ú hermano del discapacitado, de su mismo domicilio, nombr ndosele como su curadorá provisorio, atendido lo dispuesto en el art culo 18 bis inciso tercero y cuarto de laí Ley 18.600, que durar mientras permanezca bajo la dependencia y cuidado de laá persona inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad, liber ndolo de laá obligaci n de discernir el cargo y relev ndosele adem s de la obligaci n de prestaró á á ó fianza, sirvi ndole de t tulo la presente resoluci n, sin necesidad de reducirla aé í ó escritura p blica, y relev ndosele adem s de la obligaci n de confeccionarú á á ó inventario solemne, bastando s lo un apunte privado conforme al art culo 380 deló í C digo Civil.ó Inscr base en el Registro del Conservador.í Reg strese y notif quese personalmente o por c dula y arch vese.í í é í Resolvi la juez que suscribe mediante firma electr nica avanzada.ó ó En Rancagua, a veintis isé de febrero de dos mil veinte, notifiqu por el estadoé diario la resoluci n precedente. ó Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la h

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-348-2019 CARATULADO : ARIAS/ Rancagua, veintis isé de febrero de dos mil veinte. Vistos: Atendido el m rito de autos; teniendo presente que don Juan Carlosé Arias Pe aloza, presenta un grado de discapacidad Global Severa / 80,00% en elñ Registro Nacional de Discapacidad, a cargo del Servicio de Registro C

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