1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

FERNANDEZ/MIDWAY SPA

Rol

M-1570-2021

Fecha

10 de agosto de 2021

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · CONCILIACION (llamado) X · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. RECLAMADA · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL X · 1. RECLAMANTE · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL X · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X RELACIÓN DE LOS HECHOS: Registrada íntegramente en el sistema de audio. CONTESTACION: Registrada íntegramente en el sistema de audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación esta no se produce. El Tribunal propone como base de acuerdo el año de servicio con la base de la parte demandante y el feriado demandado feriado legal y proporcional sobre la base del artículo 71, sin nulidad y con el 50% por recargo, esto es, la suma de $907.897.- La parte demandada acepta las bases del tribunal, a pesar que había realizado a priori una oferta mayor de $2.000.000.- en cuotas, a su vez, la parte demandante prefiere continuar con la audiencia. CONTESTACION: Registrada íntegramente en el sistema de audio. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de la relación laboral, fecha de inicio, fecha de término, funciones, jornada laboral. Fecha de término se produce el 6 de septiembre de 2020 en virtud de la causal del 161 inciso 1° del Código del Trabajo, con cumplimiento de las formalidades legales. HECHOS A PROBAR: 1. Ser efectivo los hechos que están contenidos en la carta de despido. 2. Efectividad de adeudarse por concepto de feriado legal y proporcional. 3. Efectividad de adeudarse cotizaciones de seguridad social y de salud. Periodos. 4. Remuneración como base de cálculo. OFRECE E INCORPORA PRUEBA LA PARTE RECLAMADA Documental: 1. Carta de despido. 2. Contrato de trabajo y anexos. Se tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. Se deja constancia que la parte digitalizó sus documentos e incorporó a la carpeta virtual con fecha 10 de agosto de 2021. Confesional: Se desiste. Testimonial: Comparece d

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que se ha interpuesto demanda en procedimiento monitorio por despido improcedente, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales, compareciendo doña YOHANNA WINIFER MAILETH FERNANDEZ ALFONZO, trabajadora, cédula de identidad número 26.560.841-8, con domicilio en Avenida Manuel Antonio Matta N° 52, departamento 203, Comuna de Santiago, representada para estos efectos por el abogado don SEBASTIÁN ANDRÉS AVENDAÑO FARFÁN y doña DANIELA FRANCISCA CÁCERES RODRÍGUEZ, con domicilio ambos en Santa Beatriz Nº 100, oficina 1106, Comuna de Providencia y compareciendo en la audiencia el abogado don MATÍAS IGNACIO HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ que ya se individualizó al inicio respectiva y esta se dirige en contra de MIDWAY SPA., Rut 76.624.568-4, representada legalmente por don RICARDO DANIEL ALZURUTT PADRÓN, ambos con domicilio en Avenida del Parque Nº 5339, oficina 109, Ciudad Empresarial, Comuna de Huechuraba, representada en audiencia por el abogado don HUMBERTO ARTURO VALLEJOS VÁSQUEZ. Dicho lo anterior y visto, además, lo dispuesto en los artículos 7, 161, 168 a), 454 N°1, 500 y demás pertinentes del Código del Trabajo,

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña YOHANNA WINIFER MAILETH FERNANDEZ ALFONZO, en contra de MIDWAY SPA., ambos ya individualizados al inicio del presente fallo y se declara que el despido sufrido por la actora el 6 de septiembre del 2020, es improcedente y así mismo es nulo. II. Que, asimismo se condena al demandado MIDWAY SPA., al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones laborales. 1. Indemnización por años de servicio correspondiente la suma de $503.405.- 2. Feriado legal y proporcional por la suma de $328.982.- 3. Las cotizaciones adeudadas a los organismos previsionales, en particular AFP MODELO, durante los meses de Julio a Octubre de 2019 y de Julio a Septiembre de 2020. FONASA, durante los meses de julio de 2019 a septiembre de 2020. Seguro de Cesantía AFC CHILE, durante los meses de Julio a Octubre de 2019 y Septiembre de 2020. Todo lo anterior a razón de una remuneración de $503.405.- 4. Las remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde el despido, esto es, desde el 6 de septiembre de 2020 y hasta la fecha de su completa convalidación, esto es, mediante el pago de todas las cotizaciones adeudadas detalladas en el número anterior, a razón de una remuneración de $503.405.- 5. Que las sumas antes señalas deberán pagarse con intereses y reajustes de conformidad lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. III. Que, en todo lo demás se rechaza la demanda. IV. Que cada parte pag

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia remota) FECHA Santiago, 10 de agosto de 2021 RUC 21-4-0343605-1 RIT M-1570-2021 CARATULADO FERNANDEZ/MIDWAY SPA MAGISTRADA ANDREA ILIGARAY LLANOS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Christian Rauld Dercolto HORA DE INICIO 11:20 HORA DE TERMINO 12:30 SALA Sala virtual 7 (4.1) Nº REGISTRO D

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica