Juzgado de Garantía de Melipilla

HUGO ARNALDO CARTAGENA PRIETO C/ HÉCTOR ENRIQUE MALDONADO MARCHANT

Rol

O-2103-2021

Fecha

21 de julio de 2022

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 30 de abril de 2021, a las 12:45 horas aproximadamente, en la vía pública, específicamente en la intersección de Av. Vicuña Mackenna con calle Dolores Pozo Romanini de la Comuna de Melipilla, el requerido don HECTOR ENRIQUE MALDONADO MARCHANT, portaba en la pretina del pantalón parte trasera un cuchillo de cocina, 29cm de largo total, 16.5 cm. de hoja cortante y 12.5 de empuñadura, no pudiendo justificar razonablemente su porte, al momento de ser fiscalizado por funcionarios policiales. Circunstancias modificatorias: Que favorece al acusado la circunstancia atenuante de responsabilidad prevista en el artículo 11 N° 9 del Código Penal. Y visto lo dispuesto en los artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal y 1, 7, 11 N°9, 15, 18, 70 y 288 bis del Código Penal, se declara: 1.- Que, SE CONDENA a HECTOR ENRIQUE MALDONADO MARCHANT, ya individualizado, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, como autor del delito consumado de porte de arma blanca, conforme lo dispuesto en el artículo 288 bis del Código Penal, ocurrido en esta ciudad el día 30 de abril de 2021. 2.- Que la pena de multa impuesta se le tiene por cumplida por aplicación de lo dispuesto en el artículo 49 inciso tercero del Código Penal. 3.- Que se decreta el comiso y destrucción de la especie incautada. 4.- Que no se condena en costas al imputado, en razón de haber ahorrado gastos al Fisco con su admisión de responsabilidad y ser defendido por la Defensa Penal Pública. Los intervinientes quedan notificados en esta audiencia. Habiéndose renunciado a los plazos y recursos, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 2103-2021 RUC 2100435652-4 Código: XFXSXXNXXXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don CLAUDIO EDUARDO ALVARADO AGUIRRE, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra ínteg

Fallo

se declara: 1.- Que, SE CONDENA a HECTOR ENRIQUE MALDONADO MARCHANT, ya individualizado, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, como autor del delito consumado de porte de arma blanca, conforme lo dispuesto en el artículo 288 bis del Código Penal, ocurrido en esta ciudad el día 30 de abril de 2021. 2.- Que la pena de multa impuesta se le tiene por cumplida por aplicación de lo dispuesto en el artículo 49 inciso tercero del Código Penal. 3.- Que se decreta el comiso y destrucción de la especie incautada. 4.- Que no se condena en costas al imputado, en razón de haber ahorrado gastos al Fisco con su admisión de responsabilidad y ser defendido por la Defensa Penal Pública. Los intervinientes quedan notificados en esta audiencia. Habiéndose renunciado a los plazos y recursos, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 2103-2021 RUC 2100435652-4 Código: XFXSXXNXXXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don CLAUDIO EDUARDO ALVARADO AGUIRRE, Juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: XFXSXXNXXXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-07-25T16:56:09-

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Melipilla, veintiuno de julio de dos mil veintidós TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: CLAUDIO EDUARDO ALVARADO AGUIRRE RUC: 2100435652-4 RIT: 2103-2021 IMPUTADO : HECTOR ENRIQUE MALDONADO MARCHANT C.I. : 17682815-3 FECHA DE NAC.: 11/10/1990 DIRECCION: Calle pobl. Florencia 1 Alfredo Marin Nº 2287 COMUNA: Melipilla. DELITOS

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