MP C/ SERGIO ALBERTO FIGUEROA CORTEZ
Rol
O-2049-2020
Fecha
20 de julio de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación, los antecedentes de la investigación y ha renunciado a su derecho a ir a un juic io oral y públ ico, así teniendo en consideración aquel lo como a la sol ic itud de pena por parte del ente persecutor es que este tr ibunal dio continuidad a esta causa conforme a las normas del procedimiento abreviado. TERCERO: Que con el conjunto de antecedentes reunidos en el curso de la investigación que este tr ibunal valora l ibremente en conformidad a lo que dispone el art ículo 297 del Código Procesal Penal y se adquiere más al lá de toda duda razonable que se encuentra acreditado el siguiente hecho: Que en razón de diversas actividades investigativas efectuadas por parte del Ministerio Público se logró determinar que en los domicilios de Juanita Fernández N° 162-A comuna de San Joaquín y en el domicilio ubicado en Juanita Fernández N° 159 comuna de San Joaquín, se realizaban diversas actividades de tráfico ilícito de estupefacientes. Lográndose establecer el día 13 de junio de 2020 en horas de la tarde, en razón de una orden de entrada y registro autorizada por tribunal competente, en el domicilio ubicado en Juanita Fernández N° 159 se encontró al imputado conjuntamente con una serie de especies que fueron incautadas en el domicilio antes indicado, entre los cuales se encontraban 67,25 gramos de cocaína, bolsas de cannabis sativa con una cantidad de 3,45 gramos en total, una balanza negra; a la revisión de la vestimenta del imputado se le YERXXXVBHEM FRANCISCO JAVIER RAMOS PAZO Juez de garantía Fecha: 21/07/2022 18:55:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que el ministerio público de esta ciudad presente acusación verbal en contra del imputado Sergio Alberto Figueroa Cortez quien se encuentra libre al comienzo de esta audiencia. SEGUNDO: que en pleno conocimiento de sus derechos, en forma libre y voluntar ia el imputado ha aceptado los hechos de la acusación, los antecedentes de la investigación y ha renunciado a su derecho a ir a un juic io oral y públ ico, así teniendo en consideración aquel lo como a la sol ic itud de pena por parte del ente persecutor es que este tr ibunal dio continuidad a esta causa conforme a las normas del procedimiento abreviado. TERCERO: Que con el conjunto de antecedentes reunidos en el curso de la investigación que este tr ibunal valora l ibremente en conformidad a lo que dispone el art ículo 297 del Código Procesal Penal y se adquiere más al lá de toda duda razonable que se encuentra acreditado el siguiente hecho: Que en razón de diversas actividades investigativas efectuadas por parte del Ministerio Público se logró determinar que en los domicilios de Juanita Fernández N° 162-A comuna de San Joaquín y en el domicilio ubicado en Juanita Fernández N° 159 comuna de San Joaquín, se realizaban diversas actividades de tráfico ilícito de estupefacientes. Lográndose establecer el día 13 de junio de 2020 en horas de la tarde, en razón de una orden de entrada y registro autorizada por tribunal competente, en el domicilio ubicado en Juanita Fernández N° 159 se encontró al imputado conjuntamente con una serie de especies que fueron incautadas en el domicilio antes indicado, entre los cuales se encontraban 67,25 gramos de cocaína, bolsas de cannabis sativa con una cantidad de 3,45 gramos en total, una balanza negra; a la revisión de la vestimenta del imputado se le YERXXXVBHEM FRANCISCO JAVIER RAMOS PAZO Juez de garantía Fecha: 21/07/2022 18:55:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl encontró dinero en efectivo ascendente a la suma de 340.000.- pesos y sobre una cama la suma de 10.365.000.- pesos, como asimismo seis bolsas de cocaína contenedoras en total de 1,54 gramos, como asimismo 275,15 gramos de cafeína más una balanza digital de color negro. CUARTO: Que para dar por establecidos estos hechos el tribunal tiene en consideración el parte policial, la declaración de los funcionarios aprehensores, la orden de entrada y registro autorizada por parte del tribunal y las declaraciones de los funcionarios aprehensores que dan cuenta que efectivamente al momento de ejecutar la orden de entrada y registro solicit
Fallo
se declara: I.- Que se condena a SERGIO ALBERTO FIGUEROA CORTEZ a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, YERXXXVBHEM FRANCISCO JAVIER RAMOS PAZO Juez de garantía Fecha: 21/07/2022 18:55:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl al pago de una MULTA DE DIEZ UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGOS Y OFICIOS PÚBLICOS DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, por la responsabilidad que le cabe en calidad de autor de un delito de TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES EN PEQUEÑAS CANTIDADES, perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribunal el día 13 de junio del año 2020. II.- Que respecto de la multa impuesta, reuniéndose los presupuestos del artículo 70 del Código Penal, la pena de multa será sustituida por diez parcialidades iguales y sucesivas de Una Unidad Tributaria Mensual cada una, debiendo efectuarse el pago de la primera parcialidad dentro de los diez días siguientes a que esta sentencia se torne firme y ejecutoriada. En el evento de no darse cumplimiento al pa
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RESUMEN RIT : 2049-2020 RUC : 2000329279-8 MATERIA : TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES IMPUTADO : SERGIO ALBERTO FIGUEROA CORTEZ C.I. N° : 0013923992-K DOMICILIO : CALLE JUANITA FERNANDEZ Nº 159, SAN JOAQUÍN FISCAL : EDUARDO ARRIETA DEFENSA PRIVADA : TANIA BRAVO ATENUANTES : ART. 11 N°9 DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO CONCURREN RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Santiago, a veinte de jul
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