Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral.

MP C/ MANUEL ALEJANDRO AGUILERA ESPÍNDOLA

Rol

O-846-2020

Fecha

14 de julio de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 01 de Octubre 2020, aproximadamente a las 02:05 horas, en la vía pública en la ruta 5 norte a la altura del km 982 de Chañaral, don MANUEL ALEJANDRO AGUILERA ESPINDOLA se desempeñaba en la conducción de su vehículo marca Chevrolet modelo Spark color verde, placa patente única BFKX-58, AÑO 2008 perdiendo el control de este, saliéndose de la ruta, llegando hasta el lugar personal de carabineros quienes al realizar su fiscalización se percataron que el requerido conducía el vehículo en evidente estado de ebriedad debido ya Código: PEEFXXEXXXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que mantenía un fuerte halito alcohólico, rostro congestionado quien al descender mostró inestabilidad al caminar, realizándole la prueba respiratoria de alcotest la que arrojó resultado positivo, siendo trasladado hasta el Hospital local de Chañaral para realizarle la alcoholemia correspondiente. Según informe de alcoholemia Nº 1839/2020 del SML, el requerido conducía su vehículo con 1.97 grs. de alcohol por litro de sangre PARTE RESOLUTIVA Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 30, 67 y siguientes , del Código Penal, artículo Art. 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley N° 18.216, SE RESUELVE: I- Que, se condena a don MANUEL ALEJANDRO AGUILERA ESPÍNDOLA Cédula de identidad N° 11.096.705-5, ya individualizado, en calidad de autor del DELITO DE CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en carácter de desarrollo consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290, por el hecho perpetuado en esta comuna, con fecha 01 de Octubre 2020, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, conjuntamente con la accesoria contenida en el artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo d

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 30, 67 y siguientes , del Código Penal, artículo Art. 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley N° 18.216, SE RESUELVE: I- Que, se condena a don MANUEL ALEJANDRO AGUILERA ESPÍNDOLA Cédula de identidad N° 11.096.705-5, ya individualizado, en calidad de autor del DELITO DE CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en carácter de desarrollo consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290, por el hecho perpetuado en esta comuna, con fecha 01 de Octubre 2020, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, conjuntamente con la accesoria contenida en el artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, pago de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR VEHÍCULOS MOTORIZADOS POR EL PERIODO DE DOS AÑOS. II- Si el sentenciado no tuviere bienes, para satisfacer la multa impuesta sufrirá por vía sustitución la pena de reclusión , Código: PEEFXXEXXXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl regulándose un día por cada quinto de unidad tributaria mensual, sin que pueda exceder de seis meses. Para el pago de la multa impuesta, se concede el plazo hasta ultimo día había del mes de agosto del 2022

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA Chañaral, catorce de julio del dos mil ventidos TRIBUNAL Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Chañaral JUEZ JELIZA ROSSANA BOGDANIC MARTINEZ RUC 2001001972-K RIT 846-2020 IMPUTADO MANUEL ALEJANDRO AGUILERA ESPÍNDOLA CI 11.096.705- 5 NACIONALID CHILENO DIRECCION Calle Gaspar Cabrales Poniente casa N°1, Sector Barquito COMU CHAÑARA

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