Juzgado de Garantía de Iquique.

FISCALIA IQQ C/ NAYERLI DANIELA JUSTINIANO MERCADO

Rol

O-255-2022

Fecha

19 de julio de 2022

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS YFDRXXSZXKL Vicente Antonio Muratori Quezada Juez de garantía Fecha: 20/07/2022 14:42:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl El día 25 de enero del 2022 aproximadamente a las 01.45 horas en circunstancias que personal de carabineros de chile realizaba fiscalizaciones en la ruta a 1 a la altura del kilómetro 265, observaron que por el costado de la ruta en dirección al sur e intentando evitar el control aduanero, transitaban dos personas, los que a la fiscalización fueron identificados como los acusados CARLOS HOYOS RAMOS Y NAYERLI DANIELA JUSTINIANO MERCADO, quienes transportaban droga al interior de sus mochilas, sorprendiendo al acusado CARLOS HOYOS manteniendo en su poder al interior de su mochila, 2 paquetes rectangulares envueltos en cinta color negro con una sustancia que resulto ser cocaína con un peso de 3 kilos 306 gramos aproximadamente, mientras que la acusada NAYERLI JUSTINIANO mantenía en su poder al interior de su mochila, 2 paquetes rectangulares envueltos en cinta color blanco , uno con 125 y otro con 124 ovoides cilíndricos, con una sustancia que resulto ser cocaína con un peso de 2 kilos 871 gramos aproximadamente, por lo que se procedió a sus detenciones. SE DECLARA: Que, se condena a NAYERLI DANIELA JUSTINIANO MERCADO, boliviana, cédula de identidad para extranjero Nº 0014883615-9 y a CARLOS HOYOS RAMOS, boliviano, cédula de identidad para extranjero Nº 0014883657-4, ya individualizados, como autores del delito de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en

Fallo

SE DECLARA: Que, se condena a NAYERLI DANIELA JUSTINIANO MERCADO, boliviana, cédula de identidad para extranjero Nº 0014883615-9 y a CARLOS HOYOS RAMOS, boliviano, cédula de identidad para extranjero Nº 0014883657-4, ya individualizados, como autores del delito de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, ocurrido en esta jurisdicción, el día 25 de enero del año 2022, a sufrir cada uno la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 5 años Presidio menor en su grado máximo. Todo el tiempo que los imputados han permanecido privados de libertad en virtud de esta causa, desde el día 25 de enero del año 2022, más el tiempo que transcurra hasta la materialización YFDRXXSZXKL Vicente Antonio Muratori Quezada Juez de garantía Fecha: 20/07/2022 14:42:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl de la expulsión, menos 120 días, correspondiente a la sustitución de multa impuesta. Expulsión del territorio nacional Artículo 34 Ley 18.216 10 años (Prohibición de reingresar

Texto Completo (Preview)

ACTA RESUMEN DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Iquique, diecinueve de julio de dos mil veintidos Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Magistrado VICENTE ANTONIO MURATORI QUEZADA Fiscal PRISCILLA ANDREA SILVA ARANA Defensor YON-SIN ESTEBAN SÁNCHEZ KONG Hora inicio: 08:44 Hora termino: 08:59 Acta nrr/ccg Sala: A RUC 2200081661-6 RIT 255-2022 Delito Trafico ilícito de drogas (Art. 3). N

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