BANCO DE CHILE/ACTITUD SM SPA
Rol
C-2836-2019
Fecha
21 de febrero de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
hechos expuestos precedentemente, noí queda sino que acoger la excepci n opuesta, tal como se dir en lo resolutivo de laó á presente resoluci n.ó Refuerza todo esto el hecho de que la parte ejecutante se allan a la excepci nó ó opuesta. RIT« » Foja: 1 Y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698 y 2492, 2493 y 2514 delá í C digo Civil; art culos 144, 160, 170, 177, 254, 434 N 4, 464 N 17, 465, 466, 467,ó í ° º 468, 470 y 471 del C digo de Procedimiento Civil, ó SE DECLARA: I.- Que se acoge la excepci n de prescripci n alegada por el demandado,ó ó poni ndose en consecuencia fin a la presente ejecuci n; é ó III.- Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese í PRONUNCIADA POR DO A JACQUELINE IVETTE BENQUIS MONARES,Ñ JUEZA TITULAR DEL D CIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGOÉ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Febrero de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-21T12:04:45-0300
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la excepci n incoada por la demandada se encuentraó contemplada en el N 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es,° í ó La prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva , fundada en el hecho en que“ ó ó ó ” desde el momento en que la demandada cay en mora en el pago de sus obligaciones,ó ha transcurrido con creces el plazo de un a o de prescripci n establecido en el art culoñ ó í 98 de la Ley N 18.092, por lo que la acci n deducida en autos se encuentra prescrita.° ó SEGUNDO: Que para los efectos de resolver la excepci n en cuesti n, esteó ó sentenciador tendr en consideraci n que del propio pagar de autos, tenido a la vista, seá ó é desprende que la fecha de su vencimiento fue el d a 23 de octubre de 2018, poca aí é partir de la cual corresponde computar el plazo de prescripci n, el que transcurri enó ó exceso al d a 13 de enero de 2020, oportunidad en la cual el demandado tomí ó conocimiento de la presente acci n a trav s de la resoluci n que acogi el incidente deó é ó ó nulidad de todo lo obrado, de lo que resulta evidente que, a esa poca, la acci né ó cambiaria proveniente del pagar de autos, se hallaba ntegramente extinguida, por elé í transcurso de m s de un a o, conforme lo previene el art culo 98 de la Ley 18.092.á ñ í TERCERO: Que as las cosas y por los hechos expuestos precedentemente, noí queda sino que acoger la excepci n opuesta, tal como se dir en lo resolutivo de laó á presente resoluci n.ó Refuerza todo esto el hecho de que la parte ejecutante se allan a la excepci nó ó opuesta. RIT« » Foja: 1 Y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698 y 2492, 2493 y 2514 delá í C digo Civil; art culos 144, 160, 170, 177, 254, 434 N 4, 464 N 17, 465, 466, 467,ó í ° º 468, 470 y 471 del C digo de Procedimiento Civil, ó
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se acoge la excepci n de prescripci n alegada por el demandado,ó ó poni ndose en consecuencia fin a la presente ejecuci n; é ó III.- Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese í PRONUNCIADA POR DO A JACQUELINE IVETTE BENQUIS MONARES,Ñ JUEZA TITULAR DEL D CIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGOÉ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Febrero de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-21T12:04:45-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2836-2019 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ACTITUD SM SPA Santiago, veintiuno de Febrero de dos mil veinte VISTOS. Con fecha 22 de enero de 2019, comparece DENISSE BARRAZA DIAZ y LEONEL CONTRERAS CARRASCO, abogados en representaci n convencional deló Banco de Chile, sociedad an nima banc
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