C/ RODRIGO ANTONIO YÁÑEZ BOZO
Rol
O-4564-2021
Fecha
18 de julio de 2022
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
RESUMEN: RUC : 2101094043-2 RIT : 4564 – 2021 MATERIA : Robo con intimidación IMPUTADO : RODRIGO ANTONIO YÁÑEZ BOZO CEDULA DE IDENTIDAD : 15.521.824-K DOMICILIO : Avenida el Peral, N° 561, Cartagena. FISCAL : Leonardo Zamora Hernández DEFENSOR : Mario Ordenes Cordero TRIBUNAL : 15º Juzgado de Garantía de Santiago PROCEDIMIENTO : Transcripción sentencia Abreviado MODIFICATORIAS : 11 N°9 del Código Penal. AUDIO : \\acta_302\Audiencias\2101094043-2-1234 Santiago, dieciocho de julio de dos mil veintidós.
Fundamentos
Considerando: Que en cuanto a la determinación de la pena habrá de tenerse en consideración que beneficia al imputado la atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal, esto es, la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos.
Fallo
Se declara: I.- Que se condena al acusado RODRIGO ANTONIO YÁÑEZ BOZO, ya individualizado anteriormente, como autor del delito consumado de Robo con intimidación, cometido el día 04 de diciembre de 2021, en la comuna de La Pintana a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máxima y a la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.-. Que, no concurriendo los requisitos que establece la Ley 18.216 para la procedencia de alguna pena sustitutiva, la pena impuesta en esta sentencia deberá ser cumplirla de manera corporal y efectiva, sirviéndole como abono el tiempo que ha estado privado de libertad en esta causa, esto es, desde el día 04 de diciembre de 2021 de manera ininterrumpida a la fecha. III.- Que, no se condena en costas al sentenciado por cuanto fue representado por la defensoría penal pública, haciéndose así aplicación a lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales. IV.- Procédase al registro de la huella genética del imputado. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Se tiene presente la renuncia de plazos legales pendientes por parte de todos los intervinientes y esta sentencia como ejecutoriada para todos los efectos a contar de esta fecha. Se alza la medida cautelar de prisión preventiva
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RESUMEN: RUC : 2101094043-2 RIT : 4564 – 2021 MATERIA : Robo con intimidación IMPUTADO : RODRIGO ANTONIO YÁÑEZ BOZO CEDULA DE IDENTIDAD : 15.521.824-K DOMICILIO : Avenida el Peral, N° 561, Cartagena. FISCAL : Leonardo Zamora Hernández DEFENSOR : Mario Ordenes Cordero TRIBUNAL : 15º Juzgado de Garantía de Santiago PROCEDIMIENTO : Transcripción sentencia Abreviado MODIFICATORIAS : 11 N°9 del Código
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