TELLO/KUSCHEL
Rol
T-2-2021
Fecha
7 de agosto de 2021
Materia
Art. 485 inciso 3º CT, Costas, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 160, 162 y 420 y siguientes y 485 y siguientes del Código del Trabajo y artículo 1.698 del Código Civil, SE RESUELVE: I. Que, no se hace lugar a la acción de tutela por vulneración de la garantía de indemnidad intentada por la demandante doña JACQUELINE DEL CARMEN TELLO MENESES, cédula de identidad N° 12.092.999-2, en contra de su empleadora doña GABRIELA PATRICIA KUSCHEL FAHRNER, cédula de identidad N° 16.523.663-7. II. Que se hace lugar a la demanda de despido indirecto intentada por la trabajadora demandante, a consecuencia de lo cual se ordena a la demandada al pago de los siguientes montos: a. $1.560.000.-, por concepto de indemnización por años de servicio. b. $312.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. c. $312.000.-, por concepto de feriado adeudado. d. Al pago de las costas de la causa. III. Las sumas ordenadas se pagarán reajustadas y generarán luego de actualizadas los intereses que procedan conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Se hace presente que la demandada de auto estaba apercibida en orden a que en caso de incomparecencia le afectarían todas las resoluciones dictadas en la presente audiencia, sin necesidad de ulterior notificación, y una de estas resoluciones es precisamente la sentencia que se está dictando, por lo que se le tendrá notificada en audiencia. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día, en caso contrario se dará inicio a su ejecución de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo y archívese en su oportunidad. RIT: T-2-2021 RUC: 21-4-0313273-7 Dictada en audiencia por don JAVIER MORA MÉNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Siendo las 13:15 horas, se pone término a la presente audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia realizada por video conferencia mediante plataforma Zoom, se encuen
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 160, 162 y 420 y siguientes y 485 y siguientes del Código del Trabajo y artículo 1.698 del Código Civil, SE RESUELVE: I. Que, no se hace lugar a la acción de tutela por vulneración de la garantía de indemnidad intentada por la demandante doña JACQUELINE DEL CARMEN TELLO MENESES, cédula de identidad N° 12.092.999-2, en contra de su empleadora doña GABRIELA PATRICIA KUSCHEL FAHRNER, cédula de identidad N° 16.523.663-7. II. Que se hace lugar a la demanda de despido indirecto intentada por la trabajadora demandante, a consecuencia de lo cual se ordena a la demandada al pago de los siguientes montos: a. $1.560.000.-, por concepto de indemnización por años de servicio. b. $312.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. c. $312.000.-, por concepto de feriado adeudado. d. Al pago de las costas de la causa. III. Las sumas ordenadas se pagarán reajustadas y generarán luego de actualizadas los intereses que procedan conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Se hace presente que la demandada de auto estaba apercibida en orden a que en caso de incomparecencia le afectarían todas las resoluciones dictadas en la presente audiencia, sin necesidad de ulterior notificación, y una de estas resoluciones es precisamente la sentencia que se está dictando, por lo que se le tendrá notificada en audiencia. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO-TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, 6 de agosto de 2021. RUC 21-4-0313273-7 RIT T-2-2021 MAGISTRADO JAVIER MORA MÉNDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Victoria Paredes Llano SALA VIRTUAL 7 HORA DE INICIO 11:30 horas. HORA DE TÉRMINO 13:15 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 21-4-0313273-7-1338
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