YESSIKA EVELYN CISTERNAS VILLARROEL C/ HÉCTOR ALEJANDRO ALVARADO FERNÁNDEZ
Rol
O-2084-2021
Fecha
18 de julio de 2022
Materia
FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Con fecha 30 de diciembre de 2020 Héctor Alejandro Alvarado Fernández se presentó ante la Ilustrísima Municipalidad de Olmué solicitando el cambio de domicilio de su licencia de conducir, de la comuna de Puente Alto a la comuna de Olmué, presentando para estos efectos diversos registros, como su licencia de conducir y otros aparentemente pertenecientes a la Ilustre Municipalidad de Puente Alto, documentos que resultaron ser falsos, toda vez que en dicha Municipalidad el imputado no registra ningún trámite en relación con la licencia de conducir. SENTENCIA En Limache, a dieciocho de julio de dos mil veintidós. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 14 Nº1, 15 Nº1, 30, 67, 68, 69 y 70 del Código Penal; 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; Ley 18.290 (de tránsito), y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al acusado HÉCTOR ALEJANDRO ALVARADO FERNÁNDEZ, cédula de identidad n° 0015085459-8, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y multa de una (1) unidad tributaria mensual, y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de presentación de documentos falsos para obtener licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo Art. 192 c) ley del tránsito, perpetrado el día 30 de diciembre de 2020, en la comuna de Olmué. II.- Que, conforme al artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena corporal por la de remisión condicional, quedando el sentenciado sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, por el término único de un año, debiendo cumplir durante ese período con las condiciones del artículo 5 de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Quilpué el día 29 de julio de 2022, bajo apercibimiento de ser citado a debate de revoca
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 14 Nº1, 15 Nº1, 30, 67, 68, 69 y 70 del Código Penal; 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; Ley 18.290 (de tránsito), y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al acusado HÉCTOR ALEJANDRO ALVARADO FERNÁNDEZ, cédula de identidad n° 0015085459-8, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y multa de una (1) unidad tributaria mensual, y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de presentación de documentos falsos para obtener licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo Art. 192 c) ley del tránsito, perpetrado el día 30 de diciembre de 2020, en la comuna de Olmué. II.- Que, conforme al artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena corporal por la de remisión condicional, quedando el sentenciado sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, por el término único de un año, debiendo cumplir durante ese período con las condiciones del artículo 5 de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Quilpué el día 29 de julio de 2022, bajo apercibimiento de ser citado a debate de revocación de pena sustitutiva. Si esta pena fuese revocada o quebrantada, cumplirá íntegra y efectivamente la pena original impues
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PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS: Con fecha 30 de diciembre de 2020 Héctor Alejandro Alvarado Fernández se presentó ante la Ilustrísima Municipalidad de Olmué solicitando el cambio de domicilio de su licencia de conducir, de la comuna de Puente Alto a la comuna de Olmué, presentando para estos efectos diversos registros, como su licencia de conducir y otros aparentemente pertenecientes a la Ilustre
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