2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GONZÁLEZ/TRANSPORTES DELFOS LIMITADA

Rol

O-1652-2021

Fecha

6 de agosto de 2021

Materia

Despido indirecto

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE PRUEBA X FIJA FECHA PARA AUDIENCIA DE JUICIO X · Se deja constancia que la audiencia comienza con un retraso y que la demandada n ha comparecido y tampoco ha contestado. · Atendido que el demandante digitalizó la prueba documental, donde constan todos los antecedentes suficientes para sostener su acción, el Tribunal en uso de sus facultades va a hacer uso del principio de concentración, realizando la audiencia preparatoria y, a continuación, se realizará audiencia de juicio. Llamado a conciliación: Atendida la rebeldía de la demandante, no prospera. Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Efectividad que la trabajadora prestó servicios para la demandada en los términos del artículo 6° del Código del Trabajo. Fecha de inicio, labores, jornada y remuneración. 2) Efectividad de ser ciertos los hechos contenidos en la comunicación de auto despido. Formalidades de la misma. 3) Estado de las cotizaciones previsionales de salud, y en especial la previsional por el periodo respectivo. 4) Efectividad de deberse a la actora las siguientes prestaciones: a. Remuneración de los meses de marzo y abril del año 2020. b. Feriado. Medios de Prueba: La parte demandante ofreció los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo. 2) Liquidaciones de sueldo. 3) Carta de autodespido. 4) Comprobante de envío de carta de autodespido. 5) Certificado de cotizaciones previsionales. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. El Tribunal decreta: Se cierra la audiencia preparatoria, se tiene por ofrecida e incorporada la prueba. Se inicia la audiencia de juicio. Observaciones a la prueba: La parte demandante realiza las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Por estas consideraciones leg

Fallo

Por estas consideraciones legales y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 21, 22, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 71, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo; se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña PAMELA SISLEY GONZÁLEZ ÁVALOS, RUT: 16.749.085-1, en contra de su ex. empleador TRANSPORTES DELFOS LIMITADA, RUT: 70.800.900-1, declarando terminado el contrato de trabajo que los unía a partir del 16 de marzo de 2020, por estimar que la demandada incurrió en incumplimiento grave de las obligaciones que le imponía el contrato, debiendo pagar a la demandante las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, por la suma de $750.000.- b) Indemnización por años de servicio (4), por la suma de $3.000.000.-, esto con el recargo del 50% conforme lo establece el artículo 171 del Código del Trabajo, suma que asciende a $1.500.000.- c) Las remuneraciones de los meses de abril y mayo del año 2020 por la suma de $1.500.000.- d) Las cotizaciones impagas en FONASA que se encuentren a la fecha. e) Las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del autodespido, esto es, desde el 16 de marzo de 2021 hasta la fecha de su convalidación, a razón de una remuneración de $750.000.- y además el feriado legal por la suma de $375.000.- II.-Que las sumas por pagar devengaran los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 05 DE AGOSTO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 14 RUC 21-4-0326109-K RIT O-1652-2021 MAGISTRADO CAROLINA ANDREA LUENGO PORTILLA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANDREA ARROYO CORTÉS HORA DE INICIO 09:47 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:26 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140326109-K-1349-210805-00

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