JOSÉ IGNACIO MUTIS URBINA C/ MATÍAS EUGENIO DE LA SOTTA MOURGUET
Rol
O-2252-2020
Fecha
12 de julio de 2022
Materia
PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se presentó requerimiento en contra de MATÍAS EUGENIO DE LA SOTTA MOURGUET, 43 años, C.I. N° 0013923142-2, domiciliado en Calle FLORENCIO BARRIOS N° 1320, DEPTO. Nº 33-Ñ, comuna bde Las Condes, a quien se atribuye participación de autor en un delito de robo en lugar no habitado. El requerimiento se funda en los siguientes hechos: “El día 29 de Marzo del 2020, alrededor de las 18:55 horas, el requerido MATIAS EUGENIO DE LA SOTTA MOURGUET ya individualizado, se dirigió con el ánimo de apropiarse especies hasta el PUB “Barbazul”, ubicado en Avenida Tobalaba N° 1155, comuna de Providencia, lugar donde ingresó por vía no destinada al afecto, esto es escalando la reja perimetral para después fracturar la puerta de acceso intentando sustraer desde el interior una caja fuerte, que sólo logró mover, pero no abrir. Al no poder cometer el delito, se dio a la fuga del lugar, siendo detenido en las proximidades por funcionarios policiales de la Municipalidad de Providencia, quienes le entregaron a carabineros. Ya al revisar al imputado, éste mantenía en su poder una mochila color rojo con gris, contenedora de dos destornilladores, un par de guantes color negro y un gorro de color negro, todos con su correspondiente cadena de custodia, siendo estos elementos conocidamente para cometer ilícitos, no dando razón el imputado para su tenencia”. El Ministerio Público solicitó para el imputado la pena de 41 días de prisión como autor del delito de robo y 61 días de presidio como autor del delito de portar elementos para cometer robo, accesorias, comiso y sin costas. Por su parte el imputado admitió responsabilidad, en tanto que su defensa no cuestionó la pretensión punitiva de la fiscalía solicitando la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna. SEGUNDO: Que habiendo admitido responsabilidad el imputado en los hechos señalados en el requerimiento, se tiene por establecido la existencia de los mismos, así como –también- la participación cu
Fallo
se declara que: I.- Se condena a MATÍAS EUGENIO DE LA SOTTA MOURGUET, al cumplimiento de las siguientes sanciones: 41 días de prisión en su grado máximo y suspensión de cargo u oficio público por el mismo plazo, como autor del delito de robo en lugar no habitado, en grado de tentativa, y la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público por el mismo plazo y comiso de las especies incautadas (1 mochila, 2 destornilladores, 1 par de guantes y 1 gorro), como autor del delito de porte de instrumentos conocidamente destinados a cometer robos, en grado de consumado. Ilícitos cometidos en jurisdicción de este Tribunal con fecha 29 de marzo de 2020. II.- Concurriendo los requisitos legales, se sustituyen las pena privativas de libertad por la de reclusión parcial, en su modalidad de reclusión nocturna domiciliaria, consistente en el encierro en el domicilio del condenado entre las 22 horas de cada día hasta las 6 horas del día siguiente, sirviéndole de abono 2 días de Código: LYXGXXGHXEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl detención que registra en la causa (24/09/2021 y 26/05/2022). Al efecto, se establece como mecanismo de control el sistema de monitoreo telemático, para cuyo cumplimiento se pedirá informe de factibilidad técnica. La pena deberá cumplirse una vez que el imputado recobre su libertad y por cuanto se encuentra actualmente privado de libertad en causa Rit N°1
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8° Juzgado de Garantía de Santiago Causa Rit N°2252 - 2020. Santiago, doce de julio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se presentó requerimiento en contra de MATÍAS EUGENIO DE LA SOTTA MOURGUET, 43 años, C.I. N° 0013923142-2, domiciliado en Calle FLORENCIO BARRIOS N° 1320, DEPTO. Nº 33-Ñ, comuna bde Las Condes, a quien se atribuye participación de autor en un delito de
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