MINISTERIO PUBLICO C/ FRANCISCO JAVIER GUTIÉRREZ PÉREZ
Rol
O-56-2021
Fecha
13 de julio de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos siguientes: “Con fecha 2 de junio de 2021 personal especializado de Carabineros recibió información de que un sujeto apodado NINO en el domicilio de Pelantaro N°159 Los Andes comercializaba drogas, por lo que se autorizaron la realización de diligencias investigativas y entre ellas la actuación de agente encubierto y/o revelador que recayó en el funcionario Luis Muñoz Muñoz, el que adquirió de parte del acusado Francisco Javier Gutiérrez Pérez, 2 envoltorios con pasta base de cocaína a razón de mil pesos cada uno. En virtud de lo anterior, se solicitó orden de entrada, registro e incautación en el domicilio ya señalado, la cual fue ejecutada el mismo día a las 16.15 horas lográndose la detención del acusado al interior del inmueble toda vez que se incautó además 114 envoltorios de pasta base de cocaína con un peso de 19 gramos y 170 gramos de cannabis sativa a granel, droga que el imputado vendía en ese lugar, además de dinero.” (SIC) A juicio del Ministerio Público, los hechos referidos configuran el delito consumado de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la ley 20.000, bajo las hipótesis que implican poseer, portar y guardar consigo tales sustancias, y en el cual habría correspondido al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo previsto en el artículo 15 N ° 1 del Código Penal. En cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el Ministerio Público indicó que no concurren, requiriendo se condene al acusado a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de 40 Unidades JPCCXXWLDXX Alessandra Tubino Tassara Juez oral en lo penal Fecha: 13/07/2022 16:19:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que con fecha siete de julio del presente año, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, constituida por los jueces don Carlos Muñoz Iturriaga, en calidad de juez presidente de sala, doña Alessandra Tubino Tassara, como juez redactor, y don Cristian Cáceres Castro en calidad de tercer juez integrante, se llevó a efecto, de manera semipresencial y adoptando los resguardos necesarios para garantizar los derechos del acusado y de los intervinientes, conforme lo dispuesto en la Ley N°21.226 y el Acta 53-2020 de la Excma. Corte Suprema, el Juicio Oral Rol Único de Causa - Rol Interno del Tribunal - seguido en contra del acusado Francisco Javier Gutiérrez Pérez, cédula de identidad N° . .47 - sin apodos, nacido el día 9 de octubre de 1968 en Los Andes, 53 años de edad, obrero, domiciliado en Avenida Señor Pobre N°75, Los Andes. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el fiscal don Ricardo Reinoso Varas, mientras que la Defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal público don Cristóbal Romero Erices. Primero: Acusación. Que el Ministerio Público al deducir acusación, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, la fundó en los hechos siguientes: “Con fecha 2 de junio de 2021 personal especializado de Carabineros recibió información de que un sujeto apodado NINO en el domicilio de Pelantaro N°159 Los Andes comercializaba drogas, por lo que se autorizaron la realización de diligencias investigativas y entre ellas la actuación de agente encubierto y/o revelador que recayó en el funcionario Luis Muñoz Muñoz, el que adquirió de parte del acusado Francisco Javier Gutiérrez Pérez, 2 envoltorios con pasta base de cocaína a razón de mil pesos cada uno. En virtud de lo anterior, se solicitó orden de entrada, registro e incautación en el domicilio ya señalado, la cual fue ejecutada el mismo día a las 16.15 horas lográndose la detención del acusado al interior del inmueble toda vez que se incautó además 114 envoltorios de pasta base de cocaína con un peso de 19 gramos y 170 gramos de cannabis sativa a granel, droga que el imputado vendía en ese lugar, además de dinero.” (SIC) A juicio del Ministerio Público, los hechos referidos configuran el delito consumado de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la ley 20.000, bajo las hipótesis que implican poseer, portar y guardar consigo tales sustancias, y en el cual habría correspondido al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo previsto en el artículo 15 N ° 1 del Código Penal. En cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el Ministerio Público indicó que no concurren, requiriendo se condene al acusado a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de 40 Unidades JPCCXXWLDXX Alessandra Tubino Tassara Juez oral en lo penal Fecha: 13/07/2022 16:19:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU O
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 14 N°1, 15 Nº1, 18, 21, 25, 26, 30, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; y artículos 1, 8, 47, 152, 292, 295, 297 y siguientes, 325 y siguientes, 340, 341, 342, 343, 344 y 348 del Código Procesal Penal, y artículos 1, 4, 45, 46 y 52 de la ley N°20.000, Decreto Supremo 867 de 19 de febrero de 2008, y artículos 8 y siguientes de la ley N°18.216, se declara: I.- Que se condena a Francisco Javier Gutiérrez Pérez, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, y al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a Dos Unidades Tributarias Mensuales, de acuerdo al valor de la Unidad Tributaria Mensual vigente al momento de su pago, por su JPCCXXWLDXX Alessandra Tubino Tassara Juez oral en lo penal Fecha: 13/07/2022 16:19:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl responsabilidad en calidad de autor de un delito consumado de
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Los Andes, trece de julio dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Que con fecha siete de julio del presente año, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, constituida por los jueces don Carlos Muñoz Iturriaga, en calidad de juez presidente de sala, doña Alessandra Tubino Tassara, como juez redactor, y don Cristian Cáceres Castro en calidad de tercer juez integr
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