SALVO/ORTOPEDICA S.A
Rol
M-1637-2021
Fecha
5 de agosto de 2021
Materia
Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y
Fundamentos
fundamentos de derecho que se exponen a continuación. En lo pertinente, indica que con fecha 06 de enero de 2016 comenzó a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, para su ex-empleador ORTOPEDICA SPA, ya individualizada, mediante la suscripción del contrato de trabajo respectivo; agrega que fue contratado para desempeñarse como vendedora, desempeñándose en el local ubicado en Paseo Estado N°337, Local 17 E, Comuna de Santiago; su jornada de trabajo, era una jornada ordinaria distribuida con turnos de Lunes a Viernes de 8:30 hrs a 18:30 hrs; y su remuneración para base de cálculo de las indemnizaciones ascendía a $639.343.- En cuanto a los antecedentes del término de la relación laboral, sostiene que el día 07 de junio de 2021, recibió de parte de su jefatura carta de término de contrato, por necesidades de la empresa. Luego, transcribe el contenido de la misma e indica fundamentos para controvertir la causal de despido y sus presupuestos.
Fallo
Por tanto, previas fundamentos de hecho y de derecho que se dan por reproducidos, en mérito de lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los artículos 161, 162, 168, 173, 423, 446, 454, 496 del Código del Trabajo, solicita tener por deducida demanda por despido injustificado, improcedente y cobro de prestaciones en procedimiento monitorio en contra de su ex empleador empresa ORTOPEDICA SPA., ya individualizada, y, en definitiva, acoger la demanda en todas sus partes, declarando que el despido es injustificado e improcedente y se condene al pago de las siguientes prestaciones: $1.534.424.-, por concepto de 30% del recargo sobre la indemnización de 05 años de servicio, intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que, efectuado el llamado a conciliación en la audiencia única celebrada, esta no prosperó. TERCERO: Que, la parte demandada contestó la demanda dirigida en su contra, solicitando el rechazo, en todas sus partes, con costas, en base a los fundamentos que constan íntegramente en registro de audio de la audiencia celebrada. CUARTO: Que, se fijaron los siguientes hechos no controvertidos y convenciones probatorias: 1. La existencia de la relación laboral entre las partes a contar del día 06/01/16 y hasta el 07/06/21. 2. Las labores desempeñadas por la actora para la demandada como vendedora, las que desarrollaba en el local ubicado en Paseo Estado 337 local 17E de la comuna de Santiago. 3. La jornada de trabajo de lunes a viernes de 08:30 a 18:30 en base a un sistem
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, cinco de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERNDO: PRIMERO: Que, comparece doña ANGELICA MARIA SALVO PEREZ, desempleada, chilena, C.I. 17.200.621-3, domiciliado para estos efectos en Alonso de Córdova N° 5870, of. 413, comuna de Las Condes, en tiempo y forma de acuerdo al mandato de los artículos 162, 168, 423, 449, 446, 496 y
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