MP C/ DENISSE ALEJANDRA AEULTT PIZARRO
Rol
O-3090-2022
Fecha
11 de julio de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “Con fecha 8 de junio del , alrededor de las 5:4 horas, en calle Parcela N° 9, Vegas Sur, La Serena; desde el interior del supermercado Jumbo, la requerida Denisse Alejandra Aeultt Pizarro, sustrajo y se apropió de un juguete L.O.L. Surprise y de un trozo de carne, corte entraña, de . 84 kilogramos, de propiedad del establecimiento comercial afectado, especies avaluadas en la suma de 5 . .-; siendo sorprendida por guardias de seguridad, cuando traspasaba las paletas de seguridad y se retiraba del lugar sin pagar el precio comercial de dichas especies que llevaba consigo.-“ POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los
Fundamentos
considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 2200593727-6-929 - 220711-00 - 04 - 3090- 2022 SENTENCIA, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. VISTOS Y CONSIDERANDO: Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 30, 49, 51, 70, 432, 446 Nº 3 y 449 del Código Penal; 45, 47, 348, 388, PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 59 - RIT Nº: 9 - DELITO: Hurto simple por un valor de media a menos de 4 UTM SENTENCIADA: DENISSE ALEJANDRA AEULTT PIZARRO GNPYXXBZTHH Pedro Alvaro Rojas Castro Juez de garantía Fecha: 11/07/2022 14:09:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 390 y 395 del Código Procesal Penal; 1, 3, 4, 8, 11, 15 y 37 de la Ley 18.216,
Fallo
se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a DENISSE ALEJANDRA AEULTT PIZARRO, cédula nacional de identidad N° 17.111.612-0, ya individualizada, a sufrir la pena de TREINTA Y UN DIAS de prisión en su grado medio, al pago de una multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autora de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado frustrado, perpetrado en esta ciudad, el día dieciocho de junio del año dos mil veintidós. II.- Que, conforme a lo razonado en el motivo octavo precedente, no se otorgará a la sentenciada pena sustitutiva alguna de cumplimiento alternativo de las privativas de libertad, establecidas en la Ley N° 18.216, por lo que deberá cumplir la pena íntegra, en forma efectiva, la que se contará desde que se presente o sea habida sin que existan abonos que considerar, según consta en esta carpeta judicial. III.- Que, para el pago de la multa impuesta se concede a la sentenciada el término de treinta días a contar de la fecha de la presente sentencia. Si la sentenciada no pagare la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada un tercio de Unidad Tributaria Mensual. IV.- Que, SE EXIME a la sentenciada del pago de las costas de la causa, por la colaboración que supone su admisión de responsabilidad, al ahorrar a los intervinientes los gastos y
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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, once de julio de dos mil veintidós Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Pedro Álvaro Rojas Castro Fiscal Marcial Pérez Torres Defensor Wladimir Robles Santos Imputada Denisse Alejandra Aeultt Pizarro, cédula nacional de identidad N° . . - , domiciliada en calle Guatemala Nº 9 , El Tofo, Compañía Alta, comuna de La Serena. Sala Sala Acta transcriptor
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