13º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ARIEL CÉSAR AUGUSTO VALENZUELA FIGUEROA

Rol

O-6565-2021

Fecha

8 de julio de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos Con fecha de octubre de , a la víctima Angélica Celeste Zúñiga Zúñiga, le fue sustraída desde el interior de su domicilio, ubicado en José Artigas N° 33 , comuna de La Florida, su bicicleta marca TREK, modelo 3 series, aro , 8”, color gris, la cual es avaluada en la suma de $ . .- (doscientos cincuenta mil), ante ello, realiza denuncia a través de formulario digital en el Ministerio Público. Luego de ello, con fecha de noviembre del presente, la víctima ubica su bicicleta por diversas características únicas de la misma, que la vendían en la página market place, la cual era ofrecida en $ . .- (cien mil pesos). La víctima contacta a través de una amiga llamada Francisca Quijada, contacta al vendedor de su bicicleta para comprarla, el requerido le menciona llamarse Ariel Valenzuela y le otorga una cuenta vista N° 8 8 del Banco Ripley, bajo rut. . . - , donde exige una transferencia previa por la suma de $ . .- (quince mil pesos), sin embargo, Francisca Quijada amiga de la víctima le señaló que tenía problemas con su cuenta para transferir, ante ello se coordinó la compra de manera presencial para el otro día, esto con fecha 3 de noviembre de , coordinando vía whatsApp mediante el número + 88 , en el domicilio de este, ubicado en Alonso de Berríos N° , comuna de Peñalolén, donde asiste la víctima y al confirmar con el número de serie WTU 8 C F que esta era su bicicleta, da aviso a funcionarios de la PDI. El requerido conociendo por tanto o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, es detenido en el lugar Delito y grado de desarrollo RECEPTACIÓN, descrito y sancionado en el Art. bis A del Código Penal, consumado Participación Autor. Artículo Nº Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don ARIEL CÉSAR AUGUSTO VALENZUELA FIGUEROA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Receptación, descrito y sancionado en el Art. bis A del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurri

Fallo

por tanto o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, es detenido en el lugar Delito y grado de desarrollo RECEPTACIÓN, descrito y sancionado en el Art. bis A del Código Penal, consumado Participación Autor. Artículo Nº Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don ARIEL CÉSAR AUGUSTO VALENZUELA FIGUEROA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Receptación, descrito y sancionado en el Art. bis A del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día de octubre de , en la comuna de Peñalolén. Código: XNYLXXGGWEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. Las partes renuncian a los plazos Se ordena el archivo "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: XNYLXXGGWEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XNYLXXGGWEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-07-11T11:38:46-0400

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1 1 1- RIT : - 1 IMPUTADO : ARIEL CÉSAR AUGUSTO VALENZUELA FIGUEROA Cédula de Identidad : - Fecha de nacimiento : - - Domicilio : Calle Alonso de Berrios Nº , Peñalolen PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : ocho de julio de dos mil veintidós JUEZ : VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Hechos Con fecha de octubre de , a la

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